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Análisis del fallo, Principio de Congruencia


Enviado por   •  13 de Junio de 2020  •  Apuntes  •  844 Palabras (4 Páginas)  •  118 Visitas

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UNIVERSIDAD

JOSÉ CARLOS MARIATEGUI

Curso: DERECHO PROCESAL CIVIL III

Tema: Análisis del fallo, Principio de Congruencia

Ciclo: VIII - Filial Lima

Grupo: 7

Integrantes:

Bazán Chávez, Ana María.

Cabrera Herrera, Pelayo.

Ccama Geri, Rolando.

Valenzuela Pérez, Felipe David.

TAREA

ANALICE EL SIGUIENTE CASO

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

¿Es correcta la aplicación del Fallo emitido por el órgano de 2da. Instancia por vulneración al Principio de congruencia al concederse una innovativa y no una temporal sobre el fondo conforme al petitorio?

Análisis del Caso:

1.- El hecho:

Se trata de la ejecución de un contrato de renovación automática anual, en el cual una de las partes alega que el mismo ya no le es exigible por cuanto cursó una comunicación a su contraparte manifestando que ya no deseaba continuar con la relación contractual y por lo tanto se desvinculaba del mismo, no siéndole exigibles las obligaciones correspondientes.

Sin embargo, en el mismo escenario fáctico, el contrato en referencia estipulaba que cualquier comunicación de las partes manifestando que ya no procedería a la renovación automática, debía formularse con una anticipación de noventa días al vencimiento del plazo contractual. En el caso tratado, si bien se cumplió con enviar dicha comunicación de no continuar con la relación contractual, esto se efectuó fuera del plazo mencionado, y más aún, cuando ya había operado la renovación automática.

Es por tal sentido, que la parte perjudicada accede a la tutela jurisdiccional para demandar el cumplimiento del contrato, ya que la resolución unilateral no solo es indebida, sino que ello le causa perjuicio a sus intereses.

2. La pretensión cautelar:  En este escenario, la parte perjudicada, antes de acceder a la tutela jurisdiccional común, decide hacer a la tutela urgente; esto es, a pedir una medida cautelar fuera de proceso, lo cual en la medida de las circunstancias no solo se aprecia factible, sino lógico, ya que se trata de obligaciones contractuales que su incumplimiento genera daños evidentes, siendo el objetivo de la justicia, impedir precisamente su generación e irreparabilidad. Para eso están las medidas cautelares.

Sin embargo y como quiera que la norma que regula las medidas cautelares, forma parte del ordenamiento procesal, estas deben guardar ciertos parámetros de formalidad tanto en sus pretensiones, como en sus concesiones. No se trata de pedir por pedir, sino invocar situaciones fácticas y jurídicas que guarden un grado de certeza tal, que permitan la solución inmediata al problema. Por ello, los hechos y el derecho en las medidas cautelares no deben ampararse en bases mínimas, sino por el contrario, sólidas que no admitan dudas ni márgenes de error en la medida.

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