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Análisis sobre la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1133


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2021  •  Ensayos  •  498 Palabras (2 Páginas)  •  94 Visitas

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B.3. Análisis sobre la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1133

Se cuestiona el primer párrafo de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1133, que preveía las disposiciones complementarias finales de la pensión actual en el régimen del Decreto Ley N°19846

*Los demandantes consideran que el primer párrafo Segunda Disposición Complementaria Final es inconstitucional porque vulnera los artículos 2.2 y 62 de la Constitución, estos señalan que al establecer que las modificaciones en las remuneraciones a los actuales pensionistas se están excluyendo los beneficios pensionarios a los pensionistas que alcanzaron la pensión renovable y que pasaron a la situación de retiro antes del 10 de diciembre de 2012, congelando de esta manera las pensiones. También se sostiene que los militares y policías al iniciar la carrera militar suscriben un "contrato social" con el Estado, el mismo que es inmodificable por alguna ley u otras disposiciones.

El demandado a su vez, señala que para este tribunal ya se habían establecido la entrada en vigor de ambos decretos legislativos, así como el objetivo no es crear un trato distinto entre personal militar y policial fundamentado en que el objetivo de las normas es evitar diferenciaciones justificadas entre aquellos en función a sus grados o categorías.

Es necesario precisar que el día 21 de noviembre de 2017 se publicó en el diario El Peruano la Ley 30683 que modifica la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1133, dejando sin efecto el contenido normativo cuya constitucionalidad era cuestionada. por lo tanto, en cuanto a este extremo de la demanda debe declararse la sustracción de la materia.

B.4. Análisis sobre la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1133

Los ciudadanos demandantes solicitan la inconstitucionalidad de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1133.

Los demandantes sostienen que la Cuarta Disposición Complementaria resulta inconstitucional porque contraviene la Primera Disposición Final de la Constitución, dado que nivelan el monto de la pensión con el de la remuneración, afectando con ello el criterio de sostenibilidad financiera y no nivelación.

El demandado, por su parte, vuelve a sostener que el Tribunal ya ha establecido que la entrada en vigor de ambos decretos legislativos, así como del Decreto Supremo
246-2012-EF

Este tribunal considera que los argumentos por parte del demandante carecen de fundamento. establece la Primera Disposición de la Constitución busca la nivelación de las pensiones con las remuneraciones, la regulación establecida por la disposición aquí objetada no implica, evidentemente, una nivelación de las pensiones con la remuneración; lo que dicha disposición simplemente hace es determinar que para el cálculo de la pensión correspondiente se empleará el monto total de la llamada remuneración consolidada; lo que es muy distinto a afirmar que la pensión se nivele con la remuneración.

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