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CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 16, 2014


Enviado por   •  11 de Enero de 2016  •  Informes  •  650 Palabras (3 Páginas)  •  131 Visitas

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CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 16, 2014.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justiciadeclaró constitucional el uso del polígrafo como examen de control de confianza para depurar a las corporaciones policiacas en el país.

Por unanimidad de votos, a propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena,  la Primera Sala determinó que el uso del polígrafo sirve para prevenir conductas antisociales dentro de los cuerpos de seguridad pública.

La sentencia explica que la prueba poligráfica permite verificar los cambios neurofisiológicos que tiene  una persona al ser sometida a un interrogatorio.

Los ministros concluyeron que el uso del polígrafo no viola los derechos a la seguridad jurídica  y debido proceso.

Aseguraron que este instrumento reúne las condiciones necesarias para verificar si los cuerpos policiacos se están desempeñando con legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

La sentencia de la Suprema Corte se dio al resolver un amparo que presentó un ex agente federal a quien la PGR separó de su cargo porque no aprobó el proceso de evaluación conjunto, que incluye la prueba poligráfica.

Los ministros le negaron el amparo, estimaron que el polígrafo es un indicio, que debe ser valorado junto con otros elementos de evaluación.

Aplicación de la técnica poligráfica, porque el uso del polígrafo no lesiona los Derechos Humanos del examinad

 

  1. El examen de polígrafo es realizado con la autorización del individuo examinado (verbal o escrita).
  2. La prueba poligráfica es firmada e identificada por el sujeto que se examinó y por el examinador.
  3. Es realizado en presencia del abogado defensor y del propio juzgador de ser necesario.
  4. Puede ser suspendido en cualquier momento a solicitud del examinado.
  5. La técnica utilizada en el examen es previamente explicada en detalle al sujeto que se examinara.
  6. Con 24 horas de antelación se le informa al sujeto que se examinará, que será sometido a una prueba poligráfica.
  7. El examen de polígrafo puede ser repetido por otro experto a solicitud del juez.
  8. Existe jurisprudencia
  9. Existe aceptación judicial.
  10. Existen resultados judiciales positivos.
  11. Los resultados de la prueba poligráfica pueden ser apreciados por el juzgador y las partes dentro del proceso.
  12. La diligencia de la prueba puede ser filmada o registrada de la forma que se considere pertinente.
  13. La libertad probatoria permite el uso del polígrafo, siempre y cuando las partes y sobre todo el imputado previamente lo consientan.
  14. El uso del polígrafo es permitido tanto para el imputado como para los testigos.

El polígrafo tiene su uso más amplio en los organismos de inteligencia y de policía, sobre todo en los Estados Unidos y otros países de su área de influencia, donde se ha utilizado para determinar si una persona miente o no. En este caso se sustenta en la hipótesis de que las respuestas fisiológicas de una persona cambian de forma medible cuando miente.

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