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Comprar Un Loro Se Paga Con Cárcel


Enviado por   •  20 de Julio de 2014  •  448 Palabras (2 Páginas)  •  188 Visitas

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DANIEL GONZÁLEZ CAPPA | EL UNIVERSAL

Miércoles 3 de julio de 2013 12:00 AM

De tres a cinco años de cárcel o multa de 3.000 a 5.000 unidades tributarias es lo que puede acarrear comprar o vender cualquier animal silvestre cuya caza esté prohibida.

Así lo dice el artículo 77 de la Ley Penal del Ambiente, vigente desde el año 2012.

Dentro de esta lista entra cualquier especie animal cuya sobrevivencia no dependa de la actividad humana, es decir, que no sean domésticos.

Los más afectados son el loro real (Amazona ochrocephala), el cardenalito (Carduelis cucullata), el mono capuchino (Cebus sp), la cotorra margariteña (Amazona barbadensis), el periquito pui-pui (Forpus passerinus), el cunaguaro (Leopardus pardalis), la boa tragavenados (Boa constrictor), el cardenal coriano (Cardinalis phoenicius), el morrocoy (Chelonoidis carbonaria) y hasta las babas (Caiman crocodilus).

La mayoría de estos animales, como el cardenalito, la cotorra margariteña y el cunaguaro son vulnerables a la extinción según decreto 1.486.

Las sanciones se aplican también en el caso de maltrato, daños ambientales y destrucción de los ecosistemas.

Vacío legal

Las leyes venezolanas que protegen a las especies de animales y plantas tienen un vacío: prohíben el comercio ilícito, más no la tenencia del animal.

Es decir, comprar o vender un loro, un mono o un cardenalito es considerado un delito. Tener uno de estos animales en el hogar, con posibles instalaciones y alimentación inadecuados, no es ilegal.

Así lo afirma Diego Díaz, presidente de la organización no gubernamental Vitalis, jefe de Estudios Ambientales de la Universidad Metropolitana (Unimet) y uno de los colaboradores del proyecto Tu casa no es su casa, con el que intentan concientizar a los venezolanos sobre especies animales en ambientes no naturales.

Someter a un animal silvestre a situaciones no conocidas, cautiverio o trato no adecuado, puede acarrearle estrés e incluso la muerte. Según Díaz, por cada animal silvestre que fue vendido ilegalmente y permanece en cautiverio, otros cuatro han muerto. Muchas veces se destruyen los hábitats o se matan a las madres de las crías para tal fin, como es el caso del mono araguato y la cotorra margariteña.

"Difícilmente en un hogar se pueden reproducir la temperatura, humedad, suelos, vegetación y microfauna asociadas. Las condiciones de un hábitat natural son muy específicas".

La bióloga Esmeralda Mujica, presidenta de la Asociación Venezolana de Zoológicos y Acuarios, señala que los zoológicos deben

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