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Consecuencias Del Despido


Enviado por   •  11 de Marzo de 2012  •  602 Palabras (3 Páginas)  •  1.010 Visitas

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Consecuencias del Despido

Un contrato de trabajo puede ser terminado en cualquier momento de forma unilateral por cualquiera de las partes, haya o no una justa causa para ello.

Por supuesto que el empleador tiene la libertad para despedir a cualquier trabajador que no quiera tener en su empresa, y si no hay una justa causa para el despido, puede aún así despedirlo, pero en tal situación se tratará de un despido injustificado, y la consecuencia de ello será el pago de la indemnización (art 50)

Debe llevarse un procedimiento para que el despido del patrón sea válido, que es notificarle al trabajador la causa del despido, ya que si no lo hace se considera injustificado.

La manera de comprobar el despido es mediante la firma del trabajador de enterado, si este se negara a firmar el patrón llevara el aviso ante la junta de Conciliación y Arbitraje para que esta lo entregue al trabajador.

Ahora bien si el despido fue de forma injustificada o que el trabajador así lo considere puede ejercitar dos acciones en contra del patrón, en un término de dos meses.

• Acción de cumplimiento del contrato o reinstalación

• Acción de indemnización constitucional (art 123 F. XXII)

El trabajador debe elegir una de esas dos acciones, ya que no es posible que ejercerte las dos al mismo tiempo.

Paralelo al ejercicio de estas acciones se encuentra la de salarios vencidos o caídos. Esta acción es el derecho que tiene el trabajador de recibir el importe de su sueldo desde el momento de despido hasta que se cumplimente el laudo

*Laudo: resolución final de un dictamen formulado en relación con la tramitación procesal de un conflicto laboral.

La acción de cumplimiento del contrato o reinstalación tiene varias excepciones que se traducen en el pago de una indemnización conforme al artículo 49 de la Ley

Si un trabajador ha ejercido la acción de reinstalación y el laudo fue a su favor esta reinstalación deberá verificarse que sea en los mismos términos en que venía haciéndose el trabajo y deberá disfrutar de los beneficios que haya adquirido el puesto en su ausencia.

Las excepciones de esta acción se encuentran dentro del articulo 49 en el cual se emocionan a que trabajadores puede indemnizar el patrón en lugar de reinstalarlos, estos son:

• Trabajadores que tengan una antigüedad menor de un año.

• Cundo el trabajador tenga contacto directo y permanente con el patrón.

En el ultimo caso si el trabajador tiene menos de un año se le pagara:

• Si es por

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