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Contrabando En Vnezuela


Enviado por   •  14 de Octubre de 2014  •  2.581 Palabras (11 Páginas)  •  192 Visitas

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Contrabando es la entrada, la salida y la venta clandestina de mercancías prohibidas o sometidas a derechos en los que se defrauda a las autoridades locales. No es más que el ingreso ilegal de mercancía extranjera a nuestro país burlando los controles aduaneros, y el mal uso de beneficios otorgados exclusivamente a las zonas de menos desarrollo, por lo general las zonas fronterizas (Definición en el artículo 3 de la Ley sobre el delito de contrabando).

En la actualidad, el contrabando suele darse en productos regulados por monopolios estatales o más concretamente en aquellos fuertemente gravados fiscalmente, lo que implica que haya una gran diferencia entre el precio económico real y el precio final de mercado del producto. La diferencia es la que origina el margen que convierte en atractivo este delito; dándose los casos más comunes en los hidrocarburos, el tabaco, el alcohol (aunque este en menor medida), entre otros.

En reportes manejados para el año 2013 se incautaron más de un millón de toneladas de productos perecederos de la canasta básica entre los que destacan hortalizas, carne en canal, pollo refrigerado, huevos y arroz.

Un ejemplo de esta problemática surge en nuestras fronteras Venezolanas, puesto que todos los días, a las seis de la tarde, la Guardia Nacional venezolana cierra las carreteras que permiten el acceso a dos de los puertos que sirven a las comunidades del estado de Amazonas (siendo parte de su rutina), desde esa hora, y durante toda la noche, se vende una gran porción de la gasolina que llega a esa región a contrabandistas colombianos que la comercializan en su país, al otro lado del río Orinoco, por 60 veces el precio, según diversos testimonios recogidos en la zona.

Para el 30 de diciembre, se publica en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el texto aprobado por la Asamblea Nacional de la Ley contra el Delito de Contrabando. El instrumento es prácticamente el mismo del año 2005, con la diferencia de que aumenta la penalidad por el delito de contrabando, en especial el que tiene lugar en nuestras fronteras, lo que en pocas palabras significa un reconocimiento a la poca utilidad de la Ley derogada ante el crecimiento desmesurado de actividad del mal llamado contrabando de extracción. El organismo de resguardo nacional, ha comenzado a aplicar la nueva ley, registrándose detenciones masivas y apertura de procedimientos penales en las jurisdicciones de los municipios fronterizos de los estados Zulia, Táchira, Apure y Amazonas.

Pero aunque surge esta reforma en la ley (que ya existía para el 2005), reflexionamos que el establecimiento de duras penas corporales no es tampoco una solución preventiva. Lo que si es cierto es que este modo de enfrentar el problema, definitivamente amplía las arbitrariedades, la corrupción, los mercados negros que violentan y distorsionan el normal intercambio de valores de uso e introducen prácticas de usura y de explotación del hombre por el hombre.

Si se realiza una revisión de las políticas públicas hacia el contrabando fronterizo, declarando libres de impuestos las zonas de integración fronteriza (ZIF) previstas y aún no creadas, estructuradas y ordenadas en el Plan Socialista Simón Bolívar 2007-2013; penalizando tan solo aquellas mercancías cuya circulación se encuentra prohibida por estatutos y convenios internacionales suscritos por Venezuela.

El delito de contrabando acarrea:

 El delito de contrabando es parte de los ilícitos aduaneros junto con la materia referida a Infracciones Aduaneras establecidas en la Ley Orgánica de Aduanas

 La Ley define al Contrabando como aquellos actos u omisiones donde se eluda o intente eludir la intervención del Estado con el objeto de impedir el control en la introducción, extracción o tránsito de mercancías o bienes que constituyan delitos, faltas o infracciones administrativas.

 Es sumamente importante conocer la Ley sobre el delito de Contrabando ya que el delito de contrabando acarrea incluso consecuencias penales al comprometer directa e individualmente a las personas encargadas de la gerencia de una empresa así como a todas aquellas que trabajan en los departamentos de finanzas, logística, aduana o comercio exterior y cualquier otra que pueda vincularse con el delito, involucrando penas de prisión entre 4 y 12 años.

 El mencionado delito supone sanciones que ponen en peligro la existencia misma de la empresa como el caso de los cierres de establecimiento y la inhabilitación para operaciones de comercio exterior entre 6 y 60 meses. De la misma manera supone el comiso de las mercancías objeto del delito.

 El delito de contrabando establece como supuestos de hechos, conductas que al observador desprevenido podrían no parecerle importantes lo cual lo hace incurrir en el sin darse cuenta que dicha conducta está calificada como un delito.

La Ley sobre el

Existen diferentes tipos de Contrabando, entre ellos destacan:

a) Contrabando simple: quien por cualquier vía introduzca al territorio y demás espacios geográficos de la República Bolivariana de Venezuela, extraiga de él mercancías, bienes públicos o privados, o haga tránsito aduanero por rutas o lugares no autorizados, sin cumplir o intentando incumplir los requisitos, formalidades o controles aduaneros establecidos por las autoridades del Estado y las leyes, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años. (Artículo 7 de la Ley sobre el delito de contrabando).

b) Despacho o entrega de mercancías sin autorización: Cuando los auxiliares de la administración aduanera encargados del almacenamiento o depósito despachen o entreguen mercancías sin autorización de la aduana, serán sancionados con prisión de cuatro a seis años. (Artículo 9 de la Ley sobre el delito de contrabando).

c) Contrabando de mercancías incautadas: Cuando los funcionarios actuantes o depositarios se apropien, dispongan, consuman o distribuyan las mercancías retenidas o incautadas por razones de contrabando o alteren su entrega a la autoridad competente, serán sancionados con prisión de cinco a nueve años. (Artículo 10 de la Ley sobre el delito de contrabando).

d) Seguridad para el resguardo: Quien sin estar autorizado, rompa, altere o destruya precintos, sellos, marcas, puertas, envases u otros medios de seguridad para el resguardo de las mercancías, cuyos trámites aduaneros no hayan sido perfeccionados o que no estén destinados al país y extraiga las mercancías o bienes resguardados, será sancionado

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