Cooperativismo
dulselybravo16 de Noviembre de 2014
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ORGANIZACIÓN DE LA COOPERATIVA
1. Cooperativas de Primer Grado: Se refiere a las cooperativas base, cuyos socios son personas naturales.
2. Cooperativas de Segundo Grado: Se refiere a la asociación de dos o más cooperativas de primer grado, sus socios son personas jurídicas. También se conoce como federación.
3. Cooperativas de Tercer Grado: La asociación de dos o más cooperativas de segundo grado también se conoce como confederación.
Las cooperativas surgen como respuesta a las necesidades del individuo. De esta forma, el primer paso real en la organización de una cooperativa es la necesidad de la misma. Una vez la comunidad o un grupo de personas se deciden organizar en cooperativa procede lo siguiente:
a. Solicitar los servicios de la Administración de Fomento Cooperativo. Realizada esta solicitud se le asignará un promotor que estará a cargo del grupo.
b. El promotor le brindará orientación al grupo interesado de forma que reciban las nociones básicas del cooperativismo y qué es una cooperativa.
c. Se selecciona un Comité Timón que estará a cargo del desarrollo del grupo.
d. Una vez se comienza a organizar el grupo, se tienen que realizar estudios necesarios sobre éste para determinar:
1. Si hay una necesidad real de la cooperativa.
2. Si hay un interés genuino de organizarse en forma cooperativa.
3. Si hay potencial para desarrollarse.
4. Específicamente en Puerto Rico, COSSEC requiere un estudio de viabilidad. Este estudio puede ser realizado por la Compañía de Desarrollo Cooperativo o por cualquier otro recurso del que disponga el grupo cooperativo.
e. Una vez determinada su viabilidad, el grupo debe recibir educación formal sobre cooperativismo. Durante esta segunda etapa, también se debe desarrollar el reglamento del grupo y los distintos comités, estimular el crecimiento en socios, desarrollo de capital en acciones o donativos, para sostener los gastos del grupo. También deben realizarse gestiones para levantar capital.
f. El próximo paso es realizar la Asamblea Pre constituyente. En esta asamblea se discute el reglamento y se aprueba. De ser aprobado el reglamento, se firma la Solicitud de Incorporación del grupo.
g. Las Cláusulas de Incorporación junto al cuestionario de incorporación es entregado a COSSEC, el cual después de estudiarlo y darle el visto bueno, lo envía al Departamento de Estado para ser registrado.
h. Se organiza y se celebra una Asamblea Constituyente donde se elige la Junta de Directores; el número de ésta debe ser proporcional al número de socios que se espera. En esta asamblea COSSEC entregará al grupo su Certificado de Incorporación. Una vez realizado este proceso, a la nueva cooperativa sólo le resta trabajar para ser ejemplo a seguir por otros grupos.
¿QUIENES PUEDEN FORMAR UNA COOPERATIVA?
Todas las personas que agrupadas decidan constituir y mantener una empresa asociativa de Derecho Cooperativo, cuyas actividades deben ser con fines de interés social y beneficio colectivo. El Artículo 6 dice: “Las cooperativas se originan en un acuerdo libre e igualitario de personas que deciden constituir y mantener una empresa asociativa de Derecho Cooperativo, cuyas actividades deben cumplirse con fines de interés social y beneficio colectivo, sin privilegios para ninguno de sus miembros.”
¿QUIÉNES SON CONSUMIDORES PRIMARIOS?
Son las personas que adquieren para su propio uso y consumo, bienes o servicios.
¿QUIÉNES SON PRODUCTORES PRIMARIOS?
Son los trabajadores que producen bienes o servicios directamente en su taller, finca, vehículo, etc.
¿EXISTEN PRIVILEGIOS EN UNA COOPERATIVA?
En las cooperativas no se conceden privilegios o ventajas a sus iniciadores, fundadores, benefactores o directivos, todos los asociados tienen iguales derechos
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