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Cuadro comparativo de medios de transporte


Enviado por   •  20 de Marzo de 2020  •  Tareas  •  849 Palabras (4 Páginas)  •  971 Visitas

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COPASST (Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo)

COMITÉ DE CONVIVENCIA

BRIGADA DE EMERGENCIA

¿Qué es?

Es un organismo de vigilancia de las normas y reglamentos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

Es un grupo de vigilancia conformado por representantes del empleador público y privado, y de los trabajadores que contribuyen al bienestar de los empleados contra los riesgos psicosociales.  

Es un grupo de trabajadores entrenados y capacitados para prevenir, controlar y reaccionar ante situaciones peligrosas de alto riesgo antes, durante y después de una emergencia dentro de una empresa o establecimiento.

Objetivo principal

Evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales, y promover prácticas saludables de los hábitos en la empresa.

Prevenir, solucionar las situaciones causadas por conductas de acoso laboral de los trabajadores, respaldando la dignidad e integridad de las personas en el trabajo.  

Instaurar medidas para evitar y disminuir el impacto dañino y destructivo de una emergencia, sea siniestra o desastre, con base en un análisis de los riesgos internos y externos a los que está expuesta una empresa.

Funciones

Desarrollar actividades que prevengan y protejan a los trabajadores.

Recibir, analizar y dar trámite, incluso hacer seguimiento a las quejas que se presenten que puedan constituir acoso laboral. Promover un plan de mejora concertado entre las partes para la convivencia.

Antes de una emergencia:

  • Informar oportunamente toda condición o acto inseguro que se observe en las instalaciones.

Durante una emergencia:

  • Evacuar las personas
  • Atender la situación de emergencia
  • Atender a los heridos

Después de la emergencia:

  • Apoyar labores de recuperación del área
  • Analizar el evento.

¿A partir de cuantos se conforman?

Se conforman a partir de 10 trabajadores, hasta 1000 o más.

Conformado por dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Con menos de 20 trabajadores el comité será conformado por un representante de los empleadores y empleados.

Se conforman en cuatro grupos: Grupo de control de incendios, Grupo de búsqueda y rescate, Grupo de primeros auxilios y Grupo de evacuación.

¿Cómo se realiza conformación?

Depende de la cantidad total de empleados de la empresa, por ejemplo: de 500 a 999 trabajadores, se eligen tres representantes por cada una de las partes.

EL número de representantes varía de a acuerdo a la cantidad de trabajadores en la respectiva empresa.

Depende del tipo de riesgo, de las características del establecimiento y del número de personas que se encuentran allí; pero por lo general, menos de 10: 1 trabajador, más de 100: entre 5 y 8 trabajadores.

¿Quiénes lo integran?

Presidente, secretario, representantes de los trabajadores, trabajadores, con sus respectivos suplentes.

Presidente, secretario, dos representantes del empleador y dos de los trabajadores, con sus respectivos suplentes.

Jefe de brigada, brigadistas, voluntarios con conocimiento, entrenamiento previo.

Vigencia

Los miembros se eligen para periodo de dos (2) años y pueden ser reelegidos.

El periodo de los miembros será de dos (2) años a partir de la conformación, y pueden ser reelegidos.

Cada año se nombra un coordinador de Brigada.

¿Cada cuánto se reúnen?

Se deben reunir por lo menos 1 vez al mes en la empresa y durante el horario de trabajo.

Cada 3 meses o de manera extraordinaria cuando se requiera.

Se reúnen cada que hay un tipo de emergencia o amenaza.

¿Debe inscribirse ante una entidad o ministerio?

No. Según la ley 1429/2010 art. 65 parágrafo 2, se suprime la obligación del empleador de registrar el COPASST ante el Ministerio de Trabajo.

No, pero debe estar vinculado a la Superintendencia de Industria y Comercio.

Ministerio de salud y protección social

¿Quiénes no pueden hacer parte del comité/grupo

Todos pueden pertenecer al comité, sin  importar rango o función.

Aquellos quienes se les haya formulado una queja de acoso laboral, o hayan sido víctimas en los últimos 6 meses anteriores a la conformación.

Quienes no tengan disposición de tiempo, exámenes médicos y valorativos irregulares o que no cumplan con los requisitos, inactivo u ocioso.

Requisitos para pertenecer

Ser trabajador de una empresa, sin importar el rango o función.

Empleado sin importar rango o función.

  • Vocación de servicio y actitud dinámica
  • Tener buena salud física y mental
  • Disposición de colaboración
  • Liderazgo
  • Conocimientos previos
  • Capacidad para toma de decisiones
  • Responsabilidad, formalidad y buen desempeño en la función

¿Qué deben hacer las empresas que tienen varios centros de trabajo?

Pueden tener sucursales, sin embargo, es depende de cómo el empleador  maneja internamente la empresa.  

Dejar a voluntad de la entidad la conformación de otros adicionales de acuerdo a su organización interna.

Deben tener brigadistas necesarios en cada centro.

¿Cuál es la sanción cuando no se conforman?

Multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

No puede imponer sanciones ya que es un organismo de prevención.

Implica sanciones impuestas por el Ministerio de Trabajo. Dec. 2150/95.

¿Qué pasa si un trabajador se niega a cumplir las disposiciones del comité/grupo

Dará por terminado su contrato de trabajo con justa causa, tanto el procedimiento como la sanción.

Dará por terminado su contrato de trabajo.

Dará por terminado su cargo como brigadista.

Normatividad relacionada

Resolución 1016/1989 – Decreto 1295/1994 – Decreto 1443/2014.

Ley 1010/2006  -Resolución 2646/2008 art. 14 - Resolución 652/2012 - Resolución 1356/2012.

Ley 9/1979 art. 144, 501, 502 – Ley 45/1988 – Resolución 1016/1989 – Decreto 93/1998.

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