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Declaración Francesa De Los Derechos Del Hombre Y Del Ciudadano


Enviado por   •  19 de Febrero de 2014  •  319 Palabras (2 Páginas)  •  370 Visitas

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DERECHOS NATURALES

Art. 1 Los hombres nacen y permanecen libres e iguales.

Art. 4 La libertad consiste en poder hacer todo lo que no perjudica a otro.

Art. 5 La Ley sólo puede prohibir las acciones perjudiciales para la sociedad.

Art. 6 La Ley es la expresión de la voluntad general.

Art. 7 Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni detenido más que en los casos determinados por la Ley, y según las formas prescritas por ella.

Art. 8 La Ley no debe establecer más que penas estricta y evidentemente necesarias.

Art. 9 Al presumirse que todo hombre es inocente en tanto no haya sido declarado culpable.

Art.10 Nadie debe ser inquietado por sus opiniones, incluso religiosas, con tal de que su manifestación no altere el orden público establecido por la Ley.

Art.11 La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre: todo ciudadano puede, pues, hablar, escribir, imprimir libremente,

sin perjuicio de responder por el abuso de esa libertad en los casos.

Art. 14 Todos los ciudadanos tienen derecho a constatar, por ellos mismos o a través de sus representantes, la necesidad de la contribución pública.

Art. 15 a sociedad tiene derecho a pedir cuentas a todo agente público por su administración.

Art. 17 Al ser la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, a no ser que le exija evidentemente la necesidad pública.

PRINCIPIOS:

Art. 2 El fin de toda asociación política es la conservación de los derechos a la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.

Art. 3 El principio de toda soberanía reside esencialmente

en la Nación.

Art. 12 La garantía de los Derechos del Hombre y del Ciudadano necesita de una fuerza pública

Art. 13 Para mantener una fuerza pública, y para los gastos de administración, es indispensable una contribución común

Art. 16 Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no esté asegurada, ni determinada la separación de poderes, no

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