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Enviado por   •  23 de Abril de 2013  •  1.049 Palabras (5 Páginas)  •  275 Visitas

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Revisión de la normativa constitucional y doctrinaria sobre igualdad y diversidad

Principio de Igualdad

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tiene una manifiesta vocación a favor de la igualdad del hombre y la no discriminación, lo cual se aprecia en su Preámbulo, donde expresamente dispone que «con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un estado de Justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna;…”.

Cierto es que la igualdad es un paradigma del pensamiento del hombre moderno, cuyo hito inicial lo constituyó la revolución Francesa a finales del siglo XVIII. Desde entonces el derecho, como suprema expresión de un orden social y político que permite la convivencia humana le ha ido desarrollando, enriqueciendo y señalando contenidos y alcances.

Las diversas constituciones que ha tenido nuestra República le han ido especificando, siendo la actual la que con mayor profusión le ha señalado y precisado.

Revisión de la normativa constitucional y doctrinaria sobre igualdad y diversidad

Principio de Igualdad

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela tiene una manifiesta vocación a favor de la igualdad del hombre y la no discriminación, lo cual se aprecia en su Preámbulo, donde expresamente dispone que «con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un estado de Justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna;…”.

Cierto es que la igualdad es un paradigma del pensamiento del hombre moderno, cuyo hito inicial lo constituyó la revolución Francesa a finales del siglo XVIII. Desde entonces el derecho, como suprema expresión de un orden social y político que permite la convivencia humana le ha ido desarrollando, enriqueciendo y señalando contenidos y alcances.

Las diversas constituciones que ha tenido nuestra República le han ido especificando, siendo la actual la que con mayor profusión le ha señalado y precisado.

En este orden de

ideas, el constituyente hizo especial referencia a la igualdad como principio constitucional y como derecho fundamental merecedor de tuición judicial, sobre todo en materia laboral, tal como se desprende del contenido de los artículos 1, 2, 19, 21, 88 y 89, que al efecto rezan:

“Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador…”

“Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad,

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