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Divorcio Voluntario

carlitos048 de Octubre de 2014

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BALDOMERO CAMPOS COBARRUVIAS Y

GRISELDA RIVERA BILLAR

SOLICITUD DE DIVORCIO VOLUNTARIO

EXPEDIENTE NUMERO:_________

SECRETARIA._________________

C. JUEZ CIVIL EN TURNO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE AZUETA.

P R E S E N T E.

BALDOMERO CAMPOS COBARRUVIAS Y GRISELDA RIVERA BILLAR, en nuestro carácter de solicitantes, por nuestro propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones el despacho Jurídico ubicado en Avenida Fovissste número siete, esquina con Paseo de Zihuatanejo, Colonia el Hujal, precisamente frente al Conalep de esta Ciudad y Puerto de Zihuatanejo, Guerrero, y autorizando para recibirlas, así como para que se impongan de los autos, a los CC. LICS. MIGUEL ANGEL RUIZ OLEA, RODOLFO ORTIZ ANZO, MARIO ELIUD AGUILAR SANCHEZ y al C. IRBIN ROMERO RAMOS; designando como nuestro abogado patrono al C. LIC. MARTIN MEDINA REYES, ante usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:

Que por medio del presente ocurso y con fundamento legal en lo dispuesto por el artículo 16 de la ley de divorcio, venimos EN EJERCICIO DE LA ACCION DE DIVORCIO y mediante la VIA VOLUNTARIA, a solicitar a Usted tenga a bien declarar disuelto el vínculo matrimonial que nos une y que tenemos celebrado, y para lo cual manifestamos los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1.- Precisamos a su Señoría, que los solicitantes nos unimos en matrimonio el día 08 de agosto de 1993, tal y como se acredita con el acta de matrimonio que obra en el legajo que en copias certificadas se exhibe, como UNICO ANEXO.

2.- Del matrimonio antes descrito, procreamos a los menores GISELA y OSVALDO de apellidos CAMPOS RIVERA, lo que acreditamos con las copias certificadas de las actas de nacimiento que se exhiben a la presente como único anexo.

3.- Nuestro domicilio conyugal lo establecimos, en el poblado de Salitrera, municipio de esta ciudad y Puerto de Zihuatanejo, Guerrero, precisamente frente al Salón de los Testigos de Jehová.

Manifiestan los cónyuges, que en virtud de existir incompatibilidad permanente de caracteres entre los solicitantes, nos encontramos separados, y es la causa por la cual decidimos disolver el vínculo matrimonial que nos une, en los términos del presente escrito, y para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 del ordenamiento de leyes antes invocado, agregamos al presente el siguiente:

C O N V E N I O: QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. BALDOMERO CAMPOS COBARRUBIAS Y LA C. GRISELDA RIVERA BILLAR, SOBRE EL CUAL SE FIJARA LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 16 DE LA LEY DE DIVORCIO VIGENTE, CONVENIO QUE CELEBRAN CON LA FINALIDAD DE QUE SE DECLARE DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, REDACTANDO EL CLAUSULADO EN RELACION A LAS FRACCIONES DEL ARTICULO EN CITA Y PARA LO CUAL DICTAMOS LAS SIGUIENTES CLAUSULAS:

PRIMERA.- En relación a ésta fracción del artículo en cita, manifestamos que los hijos que procreamos dentro del matrimonio, el padre tendrá en todo momento la guarda y custodia de los menores GISELA y OSVALDO de apellidos CAMPOS RIVERA, esto durante el procedimiento y después de ejecutoriado el mismo, en virtud de que la cónyuge GRISELDA RIVERA BILLAR delega la guarda y custodia a favor del C. BALDOMERO CAMPOS COBARRUBIAS.

SEGUNDA.- En cuanto a esta fracción, se determina que el cónyuge BALDOMERO CAMPOS COBARRUBIAS, subvenirá las necesidades alimenticias de los menores GISELA y OSVALDO de apellidos CAMPOS RIVERA, durante el procedimiento y después de ejecutoriado el divorcio.

TERCERA.- Respecto a ésta fracción tercera, el cónyuge BALDOMERO CAMPOS

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