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ENSAYO SOBRE ACTO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  11 de Julio de 2020  •  Ensayos  •  705 Palabras (3 Páginas)  •  698 Visitas

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ENSAYO SOBRE ACTO ADMINISTRATIVO

La primera definición doctrinaria de acto administrativo aparece a comienzos del siglo XIX, en el Repertoire de Jurisprudence del jurista Merlín, donde lo define como “una resolución, una decisión de la autoridad administrativa, o una acción, un hecho de la administración que tiene relación con sus funciones”, mientras que la doctrina española Zanobini lo define como  “toda manifestación de voluntad, de deseo, de conocimiento o de juicio realizada por la administración pública en el ejercicio de una potestad  administrativa, mientras que el concepto de la legal define el acto administrativo a toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la Ley, por los órganos de la Administración Pública (Art.7 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos); es decir, que solo son actos administrativos, aquellas decisiones emanadas de los órganos de la administración pública, los cuales tienen las siguientes características:

1) son  actos jurídicos ya que genera consecuencias jurídicas, 2) es un acto dictado por la administración pública, o algún otro órgano estatal en ejercicio de la función administrativa, 3) es de derecho público ya que es un acto sometido a derecho administrativo, es decir, con arreglo a normas de derecho público y no privado, ya que la administración puede dictar actos también sujetos a un régimen jurídico privado, 4) es impugnable, es decir, que no posee definitividad, sino cuando ha transcurrido el tiempo para atacarlo por vía jurídica o se le ha confirmado jurisdiccionalmente,

5) persigue de manera directa o indirecta, mediata o inmediata, el interés público. Todo acto  administrativo debe tener los siguientes elementos

a) Sujeto (es el órgano de la administración pública), b) manifestación de la voluntad (es expresar una decisión del órgano administrativo, pronunciada en cualquier sentido, que provoca consecuencias de derecho de tipo subjetivo, c) objeto (es lo que persigue la administración al emitir el acto, es decir, crear, transmitir, registrar, reconocer, modificar o extinguir situaciones subjetivas de derecho, con miras a satisfacer el interés de la colectividad, d) forma (es la manera como se exterioriza o expresa la voluntad del órgano administrativo generalmente se manifiesta por escrito, e) motivo  (es el móvil que lleva a emitir el acto administrativo; las consideraciones, de hecho y de derecho, que tiene en cuenta el órgano emisor para tomar una decisión que es el porqué del acto, f) finalidad  (es el elemento teleológico del acto administrativo, consistente en le propósito o meta que el órgano emisor persigue con su actuar), g) mérito (es uno de sus principios generales, es  en realidad, la exteriorización del principio de la oportunidad). Dichos actos administrativos se clasifican en Actos de Efectos Generales son los actos llamados “normativos”, por ser los que crean normas que pasan a formar parte del ordenamiento jurídico, ya que son fuente de derecho y deben ser publicados en la Gaceta Oficial que corresponda según su destinatario van dirigidos a un número indeterminado de personas ya que crean, declaran, modifican o extinguen situaciones jurídicas generales, por los tanto puede ser de efectos generales como de efectos particulares, este tipo de acto no tiene un lapso de caducidad para ser impugnados y Actos de Efectos Particulares son los actos llamados “no normativos”, ya que establecen una decisión que no es normativa aplicable a uno o varios sujetos de derecho, ya que su destinatario es un sujeto de derecho, este tipo de acto crea, declara, modifica o extinguen una situación jurídica particular los cuales pueden ser o actos generales, dirigidos a un grupo determinado o determinable de personas, o actos individuales, que siempre van dirigidos a un solo sujeto de derecho por lo tanto pueden ser tanto generales como individuales y están sometidos a un lapso de caducidad de seis meses para su impugnación. La diferencia que existe entre el acto administrativo  y acto de autoridad es que acto administrativo es toda declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública, mientras que el acto de autoridad  es toda manifestación del acto administrativo emitido por particulares, en Venezuela se reconoce la existencia de actos de autoridad como los actos emanados de particulares.

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