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Elementos Del Delito


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2014  •  377 Palabras (2 Páginas)  •  251 Visitas

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CONCEPTOS DE LOS ELEMENTOS DEL DELITO

POSITIVOS:

CONDUCTA: Es la forma como el hombre se expresa activa o positivamente; es una manera de asumir una actitud que puede manifestarse como una acción o como una omisión. “es el comportamiento humano (hacer o no hacer) voluntario”.

TIPICIDAD: es el encuadramiento de una conducta concreta al marco legal abstracto que representa la norma penal

ANTIJURIDICIDAD: la conducta que contraviene la norma jurídica, es decir, aquella que viola una norma penal tutelar de un bien jurídico.

IMPUTABILIDAD: es la capacidad de entender y querer, un resultado, condicionada por razones de edad y estado mental. “Capacidad de una persona para comprender lo ilícito de su conducta”.

CULPABILIDAD: Es la reprochabilidad hacia el sujeto activo, por haberse conducido contrariamente a lo establecido por la norma penal.

CONDICIONALIDAD OBJETIVA: Es un requisitos, una circunstancia, un dato, que debe darse para que opere la punibilidad

PUNIBILIDAD: es la prevención de un castigo en la ley a quien asume una conducta ilícita.

NEGATIVOS:

AUSENCIA DE CONDUCTA: conducta de apariencia delictuosa, pero que no puede ser atribuible a la persona como un hecho voluntario.

1. Fuerza física irresistible

2. Energía de la naturaleza o de animales

3. Hipnotismo

4. Sonambulismo.

CAUSAS DE JUSTIFICACION: Son las condiciones de realización de la conducta que eliminan el aspecto antijurídico de dicha conducta

CAUSAS DE IMPUTABILIDAD: es la incapacidad para entender y querer en materia penal:

1. Minoría de edad

2. Trastorno mental

3. Desarrollo intelectual retardado

CAUSAS DE INCULPABILIDAD: Absolución del sujeto del juicio de reproche.

EXCUSAS ABSOLUTORIAS: No aplicación, en casos concretos, pena alguna al sujeto activo del delito. “Situaciones excepcionales que impiden la aplicación de la pena”.

Privación de la libertad personal:

Art. 160:

“Se impondrá de 6 meses a 3 años de prisión y de 25 a 100 días multa, al particular que prive a otro de su libertad, sin el propósito de obtener un lucro, causar un daño o perjuicio a la persona privada de su libertad o a cualquier otra.”

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