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Enfermedades De Trabajo

Lina2G16 de Octubre de 2012

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Se realizó una charla sobre la enfermedad de trabajo con un grupo de determinadas personas donde se dio a conocer las enfermedades reconocidas legalmente cono una enfermedad profesional, es decir las que aparecen en el Cuadro de Enfermedades Profesionales en el Sistema de la Seguridad Social (RD 1995/1978, de 12 de Mayo). Se expusieron los seis grupos de las enfermedades profesionales:

• Producidas por agentes químicos

• De la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en algunos de los otros apartados

• Provocadas por la inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados

• Infecciosas y parasitarias (agentes vivos)

• Por agentes físicos

• Enfermedades sistemáticas

Se habló sobre la ley DATO (1900), la cual protege al trabajador de los efectos negativos de las condiciones de trabajo.

El primer antecedente del cuadro de enfermedades profesionales lo encontramos en el Convenio nº 18 de la OIT, donde se establece una relación de enfermedades profesionales según un sistema de doble lista, que contiene, por un lado, los factores de riesgo o exposiciones, y por otro lado, las ocupaciones en las que se produce exposición a estos factores. Así, para que a un trabajador se le reconociera la enfermedad profesional debía estar expuesto al riesgo y ocupado en una profesión en la que se produce exposición a ese riesgo.

A nuestros asistentes les explicamos que las enfermedades de trabajo son enfermedades producidas por al exposición a contaminantes químicos, físicos, biológicos o carga física. También les dijimos que muchas de las enfermedades de trabajo son enfermedades de aparición lenta, tienen un periodo de latencia prolongado.

Muchas de las enfermedades profesionales son irreversibles, no tienen tratamiento.

Las enfermedades de trabajo deben ser declaradas, sin embargo, se estima que sólo el 10% de éstas son declaradas.

Podemos encontrar distintos problemas en un sistema de declaración como los siguientes:

• INFRADECLARACIÓN: Esta falta de declaración de enfermedades profesionales se hace evidente, sobretodo, si la comparamos con la declaración que de las mismas se hacen en otros países. Una forma de conseguir que enfermedades de trabajo, no consideradas legalmente como enfermedades profesionales, sean reconocidas, es remitirse a la definición que la LGSS hace de Accidente de Trabajo, donde se incluyen como tal aquellas enfermedades de trabajo no reconocidas en el cuadro de enfermedades profesionales, siempre que el trabajador demuestre que se han producido como consecuencia de la actividad laboral.

• DESACTUALIZACIÓN: El cuadro de enfermedades profesionales data de 1978, por lo tanto es fácil suponer que está desactualizado. Además, este cuadro es de difícil modificación.

• SISTEMA INDEMNIZATORIO/NO PREVENTIVO: En materia de salud laboral, primero se realiza el diagnóstico de las enfermedades profesionales, para poder después actuar sobre ellas.

La lista de las enfermedades profesionales reconocidas en un país refleja un juicio de valor: es la lista de las enfermedades para las que se reconoce la responsabilidad del ambiente de trabajo y se admite el principio de una indemnización social.

El proceso por el que una enfermedad es incluida en el cuadro de enfermedades profesionales es un proceso muy lento, que supone una negociación.

El sistema de declaración de enfermedades profesionales está basado en el sistema de doble lista. Este sistema también se llama sistema de lista cerrada, porque sólo aquellas enfermedades incluidas en el cuadro se reconocen como enfermedades profesionales.

En algunos países de Europa se utiliza el sistema mixto en el que, por un lado aparece la lista cerrada, y por otro lado, lo que se llama lista abierta, por la que podrá ser

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