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Hipotecas: Definición Y Tipos


Enviado por   •  9 de Abril de 2014  •  344 Palabras (2 Páginas)  •  262 Visitas

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La hipoteca es la garantía real por excelencia, ya que sin desposeer al propietario del bien, permite al acreedor ampararse de él a su vencimiento para venderlo en pública subasta, sin importar la persona en cuyo poder se encuentra; y obtener el pago de su crédito con el precio de la venta y con preferencia a los demás acreedores.

Podemos afirmar que la hipoteca es un derecho real accesorio, ya que siempre estará sujeto y supeditado a la garantía de un crédito. Aunque es de conocimiento general el hecho de que las hipotecas siempre se inscriben con relación a inmuebles, o lo que es lo mismo, son de aplicación inmobiliaria, estas sin embargo, sufren dos excepciones en que pueden ser aplicadas a los bienes muebles: “Respecto a los buques y respecto a las aeronaves”, esto así, porque la matriculación de esos bienes muebles siempre tiene que hacerse tomando como referencia un puerto base o madre, según los requisitos de publicidad.

Las hipotecas se dividen en: legales, judiciales o convencionales. La hipoteca legal es aquella que se deriva de la ley, por ejemplo, la hipoteca legal de la mujer casada, que la mujer posee de pleno derecho sobre los bienes propios del marido sin necesidad de una constitución convencional.

El acreedor que tiene una hipoteca legal, puede ejercer su derecho sobre todos lo inmuebles que pertenezcan a su deudor, y también sobre los que puedan pertenecerle en lo adelante.

También está la hipoteca judicial, la cual es la resultante de las sentencias emitidas por los tribunales de la república o la resultante de los actos judiciales.

Estas sentencias pueden ser contradictorias o dadas en defecto, definitivas o provisionales, a favor del que las ha obtenido, puede ejercerse sobre los inmuebles actuales del deudor, y también sobre los que pueda adquirir.

Por último, encontramos la hipoteca convencional la cual siempre va a resultar de los convenios interpartes y de la forma exterior de los actos y contratos. Las hipotecas convencionales no pueden llevarse a cabo o consentirse sino por los que tengan capacidad de enajenar los inmuebles que a ellas se sometan.

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