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INCIDENTE DE IMPUGNACION


Enviado por   •  29 de Marzo de 2022  •  Trabajos  •  352 Palabras (2 Páginas)  •  116 Visitas

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La impugnación de falsedad de documentos, puede hacerse valer desde la contestación a la demanda y hasta la etapa de admisión de pruebas en la audiencia preliminar respecto a los presentados hasta ese momento; y los presentados con posterioridad, deberán impugnarse en la audiencia en que se admitan.

En el Código de Comercio no se establece dentro del título especial de juicio oral los requisitos que se deben cumplir al impugnar un documento, debemos aplicar la supletoriedad y remitirnos a los Códigos aplicables, sin embargo en el Código Civil Federal tampoco se contempla, por ende es pertinente consultar el Código de Procedimientos Civiles en cuyo artículo 386 y establece que la impugnación de un documento deberá́ realizarse en vía incidental, indicando específicamente los motivos de su impugnación, ofreciendo para tales efectos la prueba pericial con los requisitos previstos por la ley para su admisión; mismo requisito que se señala en el artículo 1250 del Código de Comercio, precisando que de no ofrecer la mencionada prueba, se desechará de plano. Es importante considerar también los documentos indubitables para el cotejo, sin cuyos requisitos no puede tenerse por redargüido o impugnado el documento; requisitos que, se reitera, deben prevalecer y aplicarse a los procedimientos orales, en materia mercantil, pudiendo realizarse desde la contestación hasta la etapa de admisión de pruebas.

En el juicio oral, una de las promociones que serán aceptadas por escrito, es precisamente el incidente de impugnación de documentos; el artículo 1390 Bis 40 señala que tratándose de una cuestión que requiera prueba y de ser procedente su admisión, el juez ordenará su desahogo en audiencia especial o dentro de alguna de las audiencias del procedimiento, en la cual escuchará los alegatos de las partes, en el orden que determine. Enseguida se dictará la resolución, si fuera posible; en caso contrario, citará a las partes para dictarla en audiencia dentro del término de tres días. Sin embargo, es de importancia mencionar que hasta antes de la audiencia preliminar se aceptará por escrito, a partir de la mencionada audiencia, deberá ser de manera oral, toda vez que se trata de un procedimiento mixto.

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