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Incoterms 2010- comercializacion internacional.


Enviado por   •  17 de Marzo de 2016  •  Ensayos  •  382 Palabras (2 Páginas)  •  170 Visitas

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Incoterms

Fueron creados en 1967 regidas por la Cámara de Comercio Internacional, fueron hechos para poder disminuir las barreras y fallas en la comercialización internacional, ya que no toman en cuenta idioma, cultura, etc.

Están creados con la finalidad de facilitar el entendimiento entre el vendedor y el comprador, evitando malentendidos en cuanto al traspaso de responsabilidades, el transporte a utilizar, y quien se hará cargo de los trámites aduaneros y costes, dejando en claro hasta donde llegan las obligaciones y derechos de cada uno.

Son de utilidad únicamente en las transacciones comerciales de bienes internacionales, no pueden ser utilizados para comercializar en un mismo estado y tampoco en el caso de los servicios ya que no son tangibles.

Fueron creados en 1936 y modificados en 1967, 1976, 2000 y 2010. En esta última se modifico  el incoterm DEQ (Delivered Ex Quay) para abrir paso al DAT (Delivered At Terminal), el cual puede ser utilizado en cualquier modo de transporte y se refiere a que la responsabilidad es transmitida del vendedor al comprador una vez que la mercancía se entrega en la terminal/puerto/lugar de destino y es descargada, los costos hasta ese punto los absorbe el vendedor.  

Otra de las modificaciones fue la desaparición de tres más (DAF, DES y DDU), reemplazados por el incoterm DAP el cual al igual que el DAT se puede utilizar en cualquier modo de transporte, solo que aquí la responsabilidad es transmitida cuando la mercancía se pone a disposición del cliente en el transporte de llegada y es preparada para su descarga, en este caso los gastos de descarga y en adelante corren por parte del comprador.

Actualmente en la versión del 2010 existen once tipos de incoterms los cuales van desde el EXW (Ex-Works) en el cual el comprador tiene la mayor carga hasta el DDP (Delivered Duty Paid) en el cual el vendedor es el que absorbe con la mayoría de los gastos.

Cabe mencionar que estos términos son de aceptación voluntaria, no se obliga a su uso, pero si es recomendable para evitar controversias internacionales, que puedan causar futuras rupturas comerciales, evitando llegar a una situación de arbitraje internacional y en caso de no llegar a un mutuo acuerdo a una corte internacional causando gastos innecesarios que se pudieron haber evitado con este tipo de herramientas.

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