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Juriscoop Cooperativa

yonatanch26 de Agosto de 2012

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JURISCOOP

La idea se origina en el año de 1978 El 29 de septiembre en

la sede del Juzgado 18 Civil Municipal

de Bogotá. se reunieron Jueces Municipales,

Jueces del Circuito, y Jueces Superiores,

con el fin de fundar la Cooperativa de la Rama Jurisdiccional

fue creada por la necesidad los empleados públicos de

la Rama Jurisdiccional

en temas de recreación, consecución de vivienda y

elementos para el bienestar personal y el de sus familias

Los asociados gozan de excelentes rendimientos

en sus inversiones y disponen de financiamiento a

tasas competitivas. Esta sección de ahorro y crédito

se encuentra cubierta por la FINANCIERA JURISCOOP la

cual ofrece sus servicios a asociados de la Cooperativa

y al publico en general.

Jueces Municipales, Jueces del Circuito, y Jueces Superiores

siendo su primer Gerente el Dr. JUAN HUGO SÁNCHEZ.

Dr. JUAN HUGO SÁNCHEZ.Dr. J

URISERVICIOS es una empresa dedicada a atender empresas, e

specializada en el análisis de riesgos legales. El Hotel

y Centro de Convenciones CASAGRANDE, ubicado en la Cuidad

de Santa Marta, brinda servicios de recreación y el mejor

ambiente para reuniones de negocios. Finalmente la Fundación

PROGRESO SOLIDARIO, es una entidad sin ánimo de lucro,

encargad de fomentar programas y actividades de interés

social para población vulnerable.

Solo hasta el año de 1998 la Asamblea General

realizada en el mes de Marzo, aprobó el cambio de

razón social y "Coojurisdiccional Ltda. pasó a llamarse

JURISCOOP Ltda."

Pueden aspirar a ser Asociados los empleados y

ex­empleados del Sistema Nacional de Justicia

(Rama Judicial, Procuraduría, Personerías,

Defensorías, Fiscalía, Instituto Colombiano de

Medicina Legal y Ciencias Forenses y Pensionados

del FOPEP, también las personas jurídicas de

derecho público, las personas jurídicas del Sector

Cooperativo y Solidario

No estar afectado de incapacidad legal.

Requisitos para Personas Naturales

Presentar por escrito solicitud ante el órgano competente.

No estar afectado de incapacidad legal.

Ser o haber sido Servidor Público vinculado al Sistema Nacional

de Justicia entendido éste como la Rama Judicial, Fiscalía General

de la Nación y el Ministerio Público.

Acreditar educación cooperativa básica como mínimo veinte (20) horas,

o recibirla de acuerdo con el programa que adelante la Cooperativa,

dentro de los 6 meses siguientes so pena de no recibir los beneficios.

Cancelar la cuota de afiliación una vez sea aceptado como asociado, en

cuantía y condiciones que reglamente el Consejo de Administración.

Suscribir y pagar los aportes sociales en el monto y condiciones

que establece el presente Estatuto.

Pagar la contribución al Fondo Mutual

de Previsión, Asistencia y Solidaridad creado por la Asamblea General.

Requisitos para Personas Jurídicas.

Las personas jurídicas de derecho público,

del sector cooperativo y las de derecho privado

sin ánimo de lucro, que estén conformadas por quienes

pertenecen al Sistema Nacional de Justicia podrán ser

Asociadas, cuando cumplan los siguientes requisitos:

Presentar solicitud por escrito al Consejo de

Administración de la Cooperativa.

Suscribir y pagar los aportes sociales en el

monto establecido en el presente Estatuto.

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