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Ley organica de la administracion pública


Enviado por   •  11 de Abril de 2013  •  Informes  •  2.197 Palabras (9 Páginas)  •  388 Visitas

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LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA

Gaceta Oficial N° 37.305 de fecha 17 de octubre de 2001

ASAMBLEA NACIONAL

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

DECRETA

La siguiente,

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA

Artículo 2.

Las disposiciones de la presente Ley serán aplicables a la Administración Pública Nacional. Los principios y normas que se refieran en general a la Administración Pública, o expresamente a los estados, distritos metropolitanos y municipios serán de obligatoria observancia por éstos, quienes deberán desarrollarlos dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Artículo 6

La Administración Pública desarrollará su actividad y se organizará de manera que los particulares:

1. Puedan resolver sus asuntos, ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos, y recibir información de interés general por medios telefónicos, informáticos y telemáticos.

2. Puedan presentar reclamaciones sin el carácter de recursos administrativos, sobre el funcionamiento de la Administración Pública.

3. Puedan acceder fácilmente a información actualizada sobre el esquema de organización de los órganos y entes de la Administración Pública, así como a guías informativas sobre los procedimientos administrativos, servicios y prestaciones que ellos ofrecen Derechos de los Particulares en sus Relaciones con la Administración Pública.

Artículo 7.

Los particulares en sus relaciones con la Administración Pública tendrán los siguientes derechos:

1. Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan interés, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.

2. Identificar a las autoridades y a los funcionarios o funcionarias al servicio de la Administración Pública bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.

3. Obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en un procedimiento.

4. Formular alegatos y presentar documentos en los procedimientos administrativos en los términos o lapsos previstos legalmente.

5. No presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate.

6. Obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

7. Acceder a los archivos y registros de la Administración Pública en los términos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

8. Ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades, funcionarios y funcionarias, los cuales están obligados a facilitar a los particulares el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

9. Ejercer, a su elección y sin que fuere obligatorio el agotamiento de la vía administrativa, los recursos administrativos o judiciales que fueren procedentes para la defensa de sus derechos e intereses frente a las actuaciones u omisiones de la Administración Pública, de conformidad con la ley.

10. Los demás que establezcan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

Artículo 9.

Los funcionarios y funcionarias de la Administración Pública tienen la obligación de recibir y atender, sin excepción, las representaciones, peticiones o solicitudes que les formulen los particulares en las materias de su competencia ya sea vía fax, telefónica, electrónica, escrita u oral; así como de responder oportuna y adecuadamente tales solicitudes, independientemente del derecho que tienen los particulares de ejercer los recursos administrativos o judiciales correspondientes, de conformidad con la ley. En caso de que un funcionario público o funcionaria pública se abstenga de recibir las representaciones o peticiones de los particulares o no den adecuada y oportuna respuesta a las mismas, serán sancionados de conformidad con la ley. Responsabilidad de los Funcionarios Públicos y Funcionarias Públicas por Violación de Derechos Humanos

Artículo 62

La suprema dirección del ministerio corresponde al ministro o ministra, quien la ejercerá con la inmediata colaboración de los viceministros o viceministras y de los órganos de apoyo ministerial.Funciones de los Ministros o Ministras y de los Viceministros o Viceministras

GACETA OFICIAL

DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinario del 21 de diciembre de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Decreta

La siguiente,

LEY ORGÁNICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR

Artículo 2 Ámbito de aplicación

Están sujetos a las disposiciones de la presente Ley:

1. Los órganos y entes que conforman el Poder Público y las instancias del Poder Popular.

2. Los institutos públicos y demás personas jurídicas estatales de derecho público, con o sin fines empresariales.

3. Las sociedades mercantiles en las cuales la República, por tener una participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del capital social o a través de otro mecanismo jurídico, tenga el control de sus decisiones.

4. Las sociedades de propiedad totalmente estatal, cuya función a través de la posesión de acciones de otras sociedades, sea coordinar la gestión empresarial pública de un sector de la economía nacional.

5. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás entes constituidos con fondos públicos o dirigidas por algunas de las personas jurídicas referidas en este artículo, cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones

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