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Normativismo Jurídico


Enviado por   •  16 de Enero de 2013  •  993 Palabras (4 Páginas)  •  462 Visitas

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• Modelo de Interpretación Jurídica.

La interpretación jurídica (o del derecho) es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico. En consecuencia, hablar de interpretación del derecho es igual a referirse a una actividad que comprende a todas las normas jurídicas, y no únicamente a las normas legales que produce el órgano legislativo.

Para poder aplicar una norma es necesario interpretarla, entenderla, para así ajustarla a lo que se nos presente, como lo hace el normativismo jurídico, que consiste en el estudio del universo de normas.

• Normativismo Jurídico.

Son las unidades elementales de que estaría hecho el orden jurídico. El Normativismo supone que hay algo así como dos realidades. Una es la realidad social, la de los hechos, la de las conductas efectivas de la gente, la realidad de la sociología, la economía, las ciencias sociales descriptivas, y otra es una realidad diferente que es la realidad de las norma. Es una teoría del Derecho desarrollada por Hans Kelsen, que pretende "desnudarse" de cualquier pensamiento ideológico, y que establece un sistema jurídico basado en la Jerarquía de normas, como la conocemos en su Piradime, colocando en la cúspide nuestra Carta Magna. Este normativismo jurídico de Kelsen reduciría el Estado a un conjunto de relaciones jurídicas: el Estado y el derecho son idénticos. El Estado es contemplado en esta teoría como un orden coercitivo idéntico al "Derecho".

CARACTERISTICAS DEL NORMATIVISMO JURIDICO.

• Bilateral.- Porque imponen derechos, también conceden derecho a uno o varios sujetos.

• Coercibilidad.- Significa la posibilidad del uso legítimo y legal de la fuerza para su cumplimiento de la ley.

• Heteronomía.- Significa que las normas jurídicas son creadas por otra persona distinta al destinatario de la norma, y, que ésta, además, es impuesta en contra de su voluntad.

• Exterioridad.- La norma jurídica únicamente toma en cuenta la adecuación externa de la conducta con el deber estatuido en la norma, sin importarle la intención o convicción del sujeto obligado; se pone a la Interioridad en la cual el cumplimiento del deber no se realiza solo de acuerdo con la norma, sino conforme a los principios y convicciones del obligado.

• Generalidad.- La norma jurídica no se dirige a determinado individuo sino a la colectividad.

• Abstracción.- Una norma jurídica es abstracta por ser general e hipotético por que prevé casos y sanciones "tipo" y no casos concretos. La ley está hecha para aplicarse en un número indeterminado de casos.

• Críticas al normativismo Jurídico.

Los críticos del Normativísmo (Kelsen, Bobbio ,Aguiló) han sostenido, no sin cierta razón, que resulta empobrecedor ver el Derecho únicamente como normas, que lo límite entre lo jurídico y no lo jurídico, son extremamente fluido y no se puede trazar simplemente al partir de la existencia de una norma fundamental o una regla de reconocimiento , porque los criterios de validez utilizado para reconocer el Derecho pueda apelar los conceptos morales basado en cuestiones de contenidos, no tiene por qué limitarse a la de carácter formal, basado en procedencia

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