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RESUMEN DE LA LECTURA: EL ORDEN PÚBLICO Y LAS BUENAS COSTUMBRES EN LA EXPERIENCIA JURÍDICA NACIONAL


Enviado por   •  24 de Enero de 2021  •  Informes  •  427 Palabras (2 Páginas)  •  114 Visitas

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RESUMEN DE LA LECTURA: EL ORDEN PÚBLICO Y LAS BUENAS COSTUMBRES EN LA EXPERIENCIA JURÍDICA NACIONAL

Sobre el orden público: En la lectura se habla acerca de la autonomía privada, que en sí se refiere a la potestad de todos nosotros para relacionarnos con otras personas para satisfacer nuestras necesidades, por ejemplo, un contrato, ahora, esa autonomía no es absoluta, pues existe límites y uno de estos es el orden público, pues no se puede celebrar un contrato sin respetar el orden público.

Ahora debemos entender que es el orden público, y según varios autores nacionales como internacionales, manifiestan que es el conjunto de "principios fundamentales y de interés general (aunque no se trate de normas concretas) sobre los que se apoya el ordenamiento jurídico de un determinado Estado, en su aspecto de derecho coactivo, o sea, a observarse inderogablemente por todos, porque consta de normas imperativas o prohibitivas.

Así como nuestra sociedad evoluciona cada año, tanto el derecho como el orden público se modifican continuamente. Es por eso que se le entiende como un "modelo societario definido por el derecho en un determinado momento histórico de evolución de sus valores. En síntesis, el orden público está compuesto por los principios (no sólo jurídicos, sino sociales, económicos, morales, entre otros) sobre los cuales se basa la organización y estructura de la sociedad.

Sobre la aplicación en la experiencia jurídica nacional del principio del orden público dinámico:

  1. Caso de las discotecas: Empieza desde esta pregunta, ¿Hay discriminación en locales abiertos al público? INDECOPI nos recuerda la obligación de trato igualitario a los consumidores en el mercado, también, delimitar el contenido de la expresión: "nos reservamos el derecho de admisión", donde se puede evidenciar un acto discriminatorio, respecto al ingreso a estos locales, así como, un trato diferenciado a los clientes por criterios inadecuados, entre otros, por razón de su raza o de su (aparente) condición socioeconómica.

Dentro del marco descrito, INDECOPI inicia un procedimiento de oficio a fin de confirmar las denuncias interpuestas, iniciando una serie de visitas inspectivas, con el fin de determinar en qué lugares y en qué medida, se realizan actos de discriminación.

Esto finaliza promulgándose la Ley Nº 27049, en la cual se precisa el derecho de los ciudadanos a no ser discriminados, adicionándose el artículo 7-B, el cual establece que “los proveedores no podrán establecer discriminación alguna respecto a los solicitantes de los productos y servicios que los primeros ofrecen en locales abiertos al públicd24". Con lo cual -al menos a nivel legislativo- se ha dado punto final al problema de la discriminación en las discotecas.

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