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erveyorduno9 de Abril de 2013
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PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM-017-RECNAT-1997, Que regula sanitariamente la
madera aserrada, contrachapada y chapada usadas de importación en la región y franja fronterizas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexi canos.- Secretaría de Medio
Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.- Subsecretaría de Recursos Naturales.- Dirección General
Forestal.
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-017-RECNAT-1997, QUE REGULA
SANITARIAMENTE LA MADERA ASERRADA, CONTRACHAPADA Y CHAPADA USADAS DE
IMPORTACION EN LA REGION Y FRANJA FRONTERIZAS.
VICTOR MANUEL VILLALOBOS ARAMBULA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de
Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos
Forestales y de Suelos y Costas, con fundamento en los artículos 5o. fracción III de la Ley Forestal, 44,
45, 46 fracción II y 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; tengo a bien expedir el
Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-017-RECNAT-1997, Que regula sanitariamente la madera
aserrada, contrachapada y chapada usadas de importación en la región y franja fronterizas.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de
Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos
Forestales y de Suelos y Costas, en sesión celebrada el 28 de julio de 1997 y se publica para consulta
pública de conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,
a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales siguientes a la fecha
de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, presenten sus comentarios ante el citado
Comité, sito en avenida Periférico Sur número 4209, 1er. piso, colonia Jardines en la Montaña,
Delegación Tlalpan, Distrito Federal, código postal 14210.
Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto
de Norma, estarán a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.
INDICE
1.- Objetivo y campo de aplicación.
2.- Definiciones.
3.- Especificaciones.
4.- Observancia de la Norma.
5.- Sanciones.
6.- Bibliografía.
7.- Concordancia con otras normas internacionales.
8.- Disposiciones transitorias
1. Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma tiene por objeto establecer las especificaciones y requisitos fitosanitarios para la
importación de madera aserrada, contrachapada y chapada usadas en las regiones y franjas
fronterizas y es de observancia obligatoria para todos aquellos interesados en importar los productos
objeto de esta Norma.
2. Definiciones
2.1. Acta circunstanciada. Documento en el cual el personal de la PROFEPA hace constar con toda
claridad los hechos y omisiones observados durante la ins pección, y con base en el cual la autoridad
emitirá, en su caso, la resolución correspondiente.
2.2. Certificado fitosanitario de importación. Documento expedido por el personal de la PROFEPA,
organismo de certificación o unidad de verificación, en el que se hace constar el cumplimiento de los
requisitos fitosanitarios establecidos en la presente Norma.
2.3. Certificado de tratamiento. Documento oficial expedido por las personas físicas o morales
aprobadas o acreditadas para tal efecto, que hace constar el cumplimiento de los tratamientos a que
se sujetan los productos y subproductos forestales de importación.
2.4. Franja fronteriza. Franja fronteriza sur, colindante con Guatemala, está
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