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SOBERANIA Y JURISDICCION DE VENEZUELA EN LOS ESPACIOS


Enviado por   •  24 de Marzo de 2013  •  Exámen  •  1.275 Palabras (6 Páginas)  •  590 Visitas

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SOBERANIA Y JURISDICCION DE VENEZUELA EN LOS ESPACIOS

GEOGRAFICOS MARITIMOS.

El patrimonio geográfico de Venezuela está determinado por los espacios geográficos, territoriales (continentales e insulares) y acuáticos (marítimos y fluviales) que correspondían a la Capitanía General de Venezuela, con las modificaciones resultantes de tratados y laudos no viciados de nulidad; además de los convenidos por el Estado venezolano con los otros Estados que forman parte del Entorno Geoestratégico Venezolano. Este patrimonio geográfico se expresa en áreas y volúmenes, determinados por límites geográficos, los cuales actúan dinámicamente para caracterizar las relaciones de vecindad que se materializan, y son fuente de la interdependencia de Venezuela, en las diferentes acepciones de soberanía

En los espacios geográficos marítimos del Entorno Geoestratégico Venezolano existen espacios que no han sido convenidos con los otros países vecinos, factor que impide a Venezuela concluir su conformación geográfica; lo cual dificulta la planificación, la ocupación y usufructo del patrimonial correspondiente.

En referencia con la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares en su Titulo XI de la Delimitación de Áreas Marinas y Submarinas en su Artículo 72 Cita lo siguiente:

“El Estado propiciará la conclusión de las delimitaciones pendientes de áreas marinas y submarinas, mediante acuerdo directo con cada uno de los países ribereños limítrofes, sobre la base de principios equitativos y teniendo en cuenta todas las circunstancias pertinentes. Los acuerdos internacionales que pudieren comprometer la Soberanía Nacional podrán ser sometidos a referendo”.

El Ejecutivo Nacional dará publicidad adecuada a las delimitaciones que ya se encuentran vigentes o que se efectúen de conformidad con lo estipulado en el párrafo anterior en particular mediante la publicación de cartas geográficas y náuticas.

La problemática fronteriza no resuelta entre Venezuela y Guyana En la región fronteriza entre Venezuela y Guyana, los problemas de la delimitación marítima están estrechamente vinculados con los reclamos de Venezuela sobre la parte occidental de Guyana. Estos reclamos se basan en que la Gran Bretaña, cuando recibió la Guyana de los Países Bajos (1814), inició una expansión de su colonización hacia la región al occidente del río Essequibo, contra la cual Venezuela protestó de inmediato. Encargado por el gobierno británico el geógrafo alemán Robert Schomburgk inició en 1834 el levantamiento cartográfico y la fijación de la frontera occidental de la Guyana Británica, que se publicó en 1841 en Londres.

Después de repetidas protestas por parte de Venezuela, se presentó finalmente un fallo en 1899 (con la participación de los Estados Unidos, Rusia y la Gran Bretaña, pero no de Venezuela), que fijó la frontera tal como está en la actualidad, es decir desfavoreciendo a Venezuela. Esta sí aceptó el fallo, aunque bajo presión de los Estados Unidos, pero lo declaró como no válido cuando, después de los cincuenta años de reserva, tuvo la oportunidad de conocer las actas de las negociaciones de entonces. En un acuerdo trilateral entre Venezuela, Gran Bretaña y Guyana del año 1966, inmediatamente antes de la independencia de Guyana, se reconocieron en principio los reclamos de Venezuela y los participantes se obligaron a un arreglo pacífico del caso. Repetidos intentos en este sentido fracasaron. La figura 1 muestra que la imposición del reclamo territorial de Venezuela acabaría prácticamente con la existencia de Guyana.

En las ampliaciones de las zonas de derecho del mar después de 1968, Venezuela se basó en su reclamo sobre el territorio al occidente del Essequibo. Cuando en 1968 Venezuela expandió su mar territorial a 12 millas marinas, declaró la extensión de éste hasta la desembocadura del río Essequibo. La línea base delante de la desembocadura del río Orinoco, la cual fue declarada el mismo año por medio de un decreto del presidente Leoni, y desde la cual deberían iniciarse todas las zonas de derecho del mar venezolanas, se extiende de igual manera hasta adentro del territorio guyanés. Sin embargo, esta «Recta Leoni» (véase figura 1) es dudosa según los estándares del derecho internacional, debido a que no considera las normas para el cierre de bahías y su punto fijo oriental no se encuentra

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