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SOBERANIA EN TERMINOS DE ESPACIO AEREO

MARTURET813 de Octubre de 2012

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SOBERANIA EN TERMINOIS DE ESPACIO AEREO. LACUSTRE, MARITIMO Y TERRTORIAL. (TALLER EN CLASES TOOS LLEVAR MATERIAL) (LLEVARO HECHO MEJOR)

LA SOBERANIA EN LA CONSTITUCION NACIONAL.

MARCO CONSTITUCIONAL PREAMBULO.

TEMA I

PREÁMBULO

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente CONSTITUCIÓN

SOBERANIA

EN TÉRMINO DE ESPACIO AEREO, LACUSTRE, MARITIMO Y TERRITORIA.

El espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se encuentren.

El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago deLa Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla,archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, islaLa Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patose isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.

Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley

Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.

El espacio insular de la República comprende los archipiélagos de Los Monjes, Las

Aves, Los Roques, La Orchila, Los Hermanos, Los Frailes y Los Testigos; las islas de Margarita, Cubagua, Coche, La Tortuga, La Blanquilla, La Sola, de Patos y de Aves, además las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.

PRINCIPIO EN MATERIA DE SEGURIDAD DE LA NACION.

La Seguridad de la Nación, está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático, participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.

• Es una condición política, económica, cultural, social, ambiental y militar.

• Se manifiesta como proceso continuo y perdurable.

• Tiene una dinámica propia.

• Nace con la organización del Estado.

• Se relaciona estrechamente con las categorías de soberanía e independencia de las Naciones.

• Tiene un carácter teleológico en función de los llamados objetivos nacionales.

• Se privilegia como concepto relacionado con la conservación y supervivencia de los Estados.

• Está vinculado con el desarrollo de la nació

1. Concepto

2. Del espacio geográfico y la división política

3. Tratados

4. Ambito acuatico

5. Espacio aereo

6. Seguridad

7. Conclusion

8.

CONCEPTO

Antes de citar y explicar lo que la Carta Magna Venezolana contempla en materia de territorio, he considerado pertinente conceptuar, en primer lugar, el término espacios geográficos.

La bibliografía existente sobre este tema es innumerable, pero ninguna de ellas llega a determinar con la suficiente claridad el concepto de espacio geográfico, sin embargo al respecto podríamos citar a los siguiente autores:

• Manuel Briceño Méndez: " El espacio es una unidad compleja multidimensional, que adquiere múltiples formas y comportamientos dentro de la totalidad global de la sociedad"

• Elías Méndez Vergara: "El espacio geográfico es parte indisociable de los procesos económicos, sociales y naturales, es decir, si la relación Sociedad-Naturaleza comprende básicamente un propósito de subsistencia y reproducción que se organiza (en un espacio determinado), como un "metabolismo" entre los sistemas sociales y los naturales, donde aquellas utilizan su basé de sustentación ecológica para asegurar su supervivencia y reproducción y devuelven a la naturaleza sus desechos, entonces el proceso de acumulación de excedentes económicos, configura un eje central de esa relación"

En tal sentido, considero que el espacio geográfico es parte de un conjunto de procesos y no está aislados de ellos y en consecuencia lo defino como una parte indisociable de un proceso conjunto de acciones sociales y naturales que se expresan a través de las configuraciones que adoptan estas acciones en una unidad territorial.

Una vez aclarado el termino, quiero presentar lo que la Constitución Bolivariana de Venezuela, refiere en relación con cuál es su territorio y espacio geográfico. Sobre esta materia ella establece lo siguiente:

• TÍTULO II DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA Capítulo I. Del Territorio y demás Espacios Geográficos

Artículo 10. El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbítrales no viciados de nulidad.

En consecuencia, se hace necesario conocer la ubicación geográfica de la Republica. Venezuela se encuentra situada entre los 0º43' de latitud norte, en su punto más meridional (catarata Hua), y los 12º11' de latitud norte, en el cabo de San Román (península de Paraguaná). En cuanto a la longitud, su extremo este se encuentra en la confluencia de los ríos Barima y Marumara (59º48' de longitud occidental) y el oeste en el nacimiento del río Intermedio (73º25' de longitud occidental). Como se puede apreciar, la nación se encuentra por completo dentro del hemisferio norte y al oeste del meridiano de Greenwich. Venezuela limita por el norte con el mar Caribe y el océano Atlántico, al sur con Colombia y Brasil, al este con Guyana y al oeste con Colombia y ejerce su soberanía sobre los 912.050 km² del territorio nacional, el cual comprende no sólo la porción continental del país, sino también las islas incorporadas al mismo, sobre la plataforma continental y el mar territorial, junto a la zona económica exclusiva.

TRATADOS

De igual forma, es vital mencionar cuáles han sido los tratados y laudos arbítrales que la República válidamente ha celebrado con otros países, ello con el objeto de dejar claro sus resultados en cuanto al establecimiento de sus límites.

1. Con la República de Colombia:

• Laudo Español (1.891)

• Comisión Demarcadora (1.900)

• Laudo de Consejo Federal Suizo (1.922)

• Tratado de demarcación de fronteras y ríos comunes (1.941)

En el ultimo tratado quedaron establecidos los limites entre ambos países de acuerdo a los siguientes parágrafos: 1ro: En la región del río de Oro, sección segunda, la frontera será el curso de dicho río desde su desembocadura en el Catatumbo, agua arriba, hasta donde el río de Oro se divide en dos ramales, uno del norte y otro del suroeste; y de allí seguirá por el ramal del norte, hasta donde recibe el primer afluente denominado "Río Intermedio " o "Duda " y luego por el curso más meridional de ese Diente denominado río Intermedio o Duda basta su origen en la serranía de Perijá -Motilones. En el mapa adjunto al presente instrumento se ha trazado, de acuerdo con esta descripción, la frontera convenida. 2do. En la sección quinta, región de los ríos Oirá y

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