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Seguridad

sandrafb21 de Junio de 2013

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La SUNAT tiene establecido tres regímenes donde todo profesional independiente o negocio deben estar contemplados.

1. Nuevo Régimen Único Simplificado - RUS

Es el primer régimen donde se encuentran las personas o negocios de menor movimiento económico establecido dentro de los rangos establecidos por la Sunat.

¿Quiénes pueden acogerse aeste régimen?

Pueden acogerse a este Régimen: Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que contemplen lo siguiente:

Los Ingresos Brutos y el monto de las compras no sean mayor a S/ 360,000

El valor de los activos fijos no sean mayor a S/ 70,000

Deben realizar actividades en un solo establecimiento o sede productiva.

Impedidos a acogerse a Nuevo RUS

No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que:

Presten el servicio de transporte de carga de mercancías utilizando sus vehículos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM.

Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.

Efectúen y/o tramiten algún régimen, operación o destino aduanero; excepto que se trate de contribuyentes:

Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no excedan de US $ 500 por mes, de acuerdo a lo señalado en el Reglamento.

Que efectúen exportaciones de mercancías a través de los destinos aduaneros especiales o de excepción previstos en los incisos b) y c) del artículo 83º de la Ley General de Aduanas, con sujeción a la normatividad específica que las regule.

Que realicen exportaciones definitivas de mercancías, a través del despacho simplificado de exportación, al amparo de lo dispuesto en la normatividad aduanera.

Realicen venta de inmuebles.

Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.

Entreguen bienes en consignación.

Presten servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento.

Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.

Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.

Organicen cualquier tipo de espectáculo público.

Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.

Sean titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.

Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

Tipo de Comprobantes a emitir:

Boletas de Venta.

Tickets

Máquinas registradora sin derecho al crédito fiscal.

Tributos a Pagar:

Categoría Ingresos Hasta S/. Compras Hasta S/. Cuota por Pagar

1 5,000 5,000 20

2 8,000 8,000 50

3 13,000 13,000 200

4 20,000 20,000 400

5 30,000 30,000 600

¿Quiénes se encuentran en la categoría especial del nuevo RUS?

La Categoría Especial del NUEVO RUS está dirigida a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus compras anuales no supere cada uno de S/ 60,000 y siempre que se trate de:

Personas que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en los mercados de abastos.

Personas

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