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TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA . ASUNTO: CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA


Enviado por   •  14 de Mayo de 2018  •  Documentos de Investigación  •  778 Palabras (4 Páginas)  •  267 Visitas

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ASUNTO: CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA

EXPEDIENTE NO. 12345/2108

ESCRITO DE CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA

CC. MAGISTRADOS DE LA

PRIMERA SALA REGIONAL

CON SEDE EN SOR JUAN AINES DE LA CRUZ

TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

PRESENTE:

                   Joselyn Barrera Hernández, directora general de la procuraduría Federal del Consumidor, personalidad legal acreditada con copia simple de gafete expedido por la misma, anexo número 1. Con fundamentos en los artículos 20 y 21de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, comparezco a exponer:

ANEXOS:

En relación a la demanda instruida por la empresa GAS L.P LA FURIA DEL DRAGÓN S.A DE S.V Y B.N a través de su representante legal Gladis Blanca García de Jesús, en contra de la resolución contenida en los oficios 1981.

ANÁLISIS DE LOS HECHOS DE LA DEMANDA

En relación a los hechos relacionados en el escrito de la demanda se expresa:

1.- El hecho marcado con el número 1, es correcto, en virtud de que la empresa GAS L.P LA FURIA DEL DRAGÓN S.A DE S.V Y B.N  fue constituida legalmente con los requisitos que exige la ley en su artículo 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

2.- El hecho marcado con el número 2, es correcto, la empresa GAS L.P LA FURIA DEL DRAGÓN S.A DE S.V Y B.N  ofrece el servicio de venta y distribución de gas con abastecimiento a la población de Sn José del Rincón.

3.- El hecho marcado con el número 3, es correcto. El día 20 de febrero del año en curso, la PROFECO se presentó a las instalaciones de la empresa de nombre GAS L.P LA FURIA DEL DRAGÓN S.A DE S.V Y B.N, a realizar una inspección por medio del licenciado ERICK FLORES GARDUÑO, a lo cual entrega un informe en donde la empresa tiene adeudos además de multas por cubrir, impuestas por la Procuraduría Federal del Consumidor.

4.- El hecho marcado con el número 4, es falso. La empresa GAS L.P LA FURIA DEL DRAGÓN S.A DE S.V Y B.N, sí tiene conocimiento de la notificación del acto realizado por la Tesorería Municipal de San José del Rincón, impuesta por la PROFECO, por la cantidad de $450,000.00 (cuatrocientos cincuenta mil pesos M/N) misma que se le entregó personal ente al representante legal de la empresa y firmo la notificación a lo cual se expedí una copia de ello, como anexo número 1.

5.-En relación con el hecho marcado con el número 5, es falso, dicho esto con motivo de no haber asistido a las instalaciones de la empresa GAS L.P LA FURIA DEL DRAGÓN S.A DE S.V Y B.N, para hacer algún acto en contra de ella.

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