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Tasas De Interes

jesuaa24 de Agosto de 2014

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UNIDAD 1 GENERALIDADES DEL DERECHO MERCANTIL.

HISTORIA DEL DERECHO MERCANTIL

1- Edad Antigua: Los primeros pueblos que se dedicaron al comercio amplio y sólido fueron los asirios y los fenicios, de los cuales no se tienen documentos de sus actos de comercio. En Atenas (Grecia), se determinó la existencia de lugares que fueron destinados para depósitos de mercancía, establecimientos de pérdidas de mercancías, así como también lugares donde los comerciantes se reunían para celebrar sus contratos, de los cuales tampoco se tiene referencia directa, sino por medio de las obras y escritores griegos, como por ejemplo: Demósteres, quien en discursos señalaba que los contratos de préstamo, de cambio, de transporte marítimo, además de la existencia de una jurisdicción especial para asuntos mercantiles.

2- Derecho Romano: En Roma si se encuentran documentos que reflejan la existencia de verdaderas Instituciones Mercantiles, tales como: la banca, las sociedades, etc. También existen diversas acciones, tales como: la ejercitoria, institutora y receptivita. Sin embargo, a pesar de la existencia de estas instituciones no se puede hablar de un derecho comercial como tal, sino de un ius gentium y un ius civili adaptado a las actividades comerciales.

3- Edad Media: Constituye la época en la cual se define el Derecho Mercantil como una ciencia jurídica autónoma. Su estructuración se inicia una vez que los comerciantes se asocian para cada arte, y con éstas se conciben las universidades y las corporaciones. Las corporaciones eran administradas por uno o más Cónsules, asistidos por un consejo de ancianos de reconocida trayectoria en el comercio. Se crearon normas jurídicas que fueron alimentadas por la costumbre, dando paso no sólo a los Cónsules, sino además a los Estatutarios y Estatutos. Los Estatutarios eran encargados de compilar las soluciones a los problemas por escrito, dictadas mediante sentencias por los Cónsules, para luego archivarlas en la Sede de la Corporación, dando origen a los Estatutos. La sentencia que dictaban los Cónsules eran firmes y ejecutorias, pero podían ser apelables ante un Tribunal, integrados por comerciantes elegidos por sorteo a quienes se les llamaba: Sobre – Cónsules.

Las ferias también tuvieron lugar en esta época, donde los comerciantes de distintas regiones concurrían para exhibir sus mercancías, comprar o vender.

3- Época Moderna: Parte del descubrimiento de América, lo cual representa las transformaciones de las condiciones económicas, sociales, políticas y espirituales. Nacen nuevas instituciones comerciales, que culminan en el siglo IXX con la promulgación del Primer Código de Comercio.

CONCEPTO DE DERECHO MERCANTIL

• Dentro de las múltiples ramas del derecho, el derecho mercantil (también conocido como derecho comercial) es aquella dedicada a regular las relaciones entre las personas, los contratos y las acciones de comercio.

• El derecho mercantil forma parte del derecho privado e incluye a todas las normas vinculadas a los comerciantes en referencia al desarrollo de sus labores. A nivel general, podría decirse que es la rama del derecho que ejerce la regulación sobre el ejercicio de las actividades comerciales.

• FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL

• 1.- Es la Constitución art. 73 Fracción X.

• 2.- Los Tratados Internacionales.

• 3.- El Código de Comercio 1889 - 1896.

• 4.- Leyes de Naturaleza Comercial.

• 5.- La Jurisprudencia.

ACTOS DE COMERCIO

Son todos los actos de naturaleza privada que tiene por objeto crear, transferir, modificar o extinguir derechos u obligaciones y que tiene como objetivo principal obtener un lucro.

• ARTICULO 75. LA LEY REPUTA ACTOS DE COMERCIO:

• I. TODAS LAS ADQUISICIONES, ENAJENACIONES Y ALQUILERES VERIFICADOS CON PROPOSITO DE ESPECULACION COMERCIAL, DE MANTENIMIENTOS, ARTICULOS, MUEBLES O MERCADERIAS, SEA EN ESTADO NATURAL, SEA DESPUES DE TRABAJADOS O LABRADOS;

• II. LAS COMPRAS Y VENTAS DE BIENES INMUEBLES, CUANDO SE HAGAN CON DICHO PROPOSITO DE ESPECULACION COMERCIAL;

• III. LAS COMPRAS Y VENTAS DE PORCIONES, ACCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES;

• IV. LOS CONTRATOS RELATIVOS A OBLIGACIONES DEL ESTADO U OTROS TITULOS DE CREDITO CORRIENTES EN EL COMERCIO;

• V. LAS EMPRESAS DE ABASTECIMIENTOS Y SUMINISTROS;

• VI. LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIONES, Y TRABAJOS PUBLICOS Y PRIVADOS;

• VII. LAS EMPRESAS DE FABRICAS Y MANUFACTURAS;

• VIII. LAS EMPRESAS DE TRANSPORTES DE PERSONAS O COSAS, POR TIERRA O POR AGUA; Y LAS EMPRESAS DE TURISMO;

• IX. LAS LIBRERIAS, Y LAS EMPRESAS EDITORIALES Y TIPOGRAFICAS;

• X. LAS EMPRESAS DE COMISIONES, DE AGENCIAS, DE OFICINAS DE NEGOCIOS COMERCIALES, CASAS DE EMPEÑO Y ESTABLECIMIENTOS DE VENTAS EN PUBLICA ALMONEDA;

• XI. LAS EMPRESAS DE ESPECTACULOS PUBLICOS;

• XII. LAS OPERACIONES DE COMISION MERCANTIL;

• XIII. LAS OPERACIONES DE MEDIACION EN NEGOCIOS MERCANTILES;

• XIV. LAS OPERACIONES DE BANCOS;

• XV. TODOS LOS CONTRATOS RELATIVOS AL COMERCIO MARITIMO Y A LA NAVEGACION INTERIOR Y EXTERIOR;

• XVI. LOS CONTRATOS DE SEGUROS DE TODA ESPECIE;

• XVII. LOS DEPOSITOS POR CAUSA DE COMERCIO;

• XVIII. LOS DEPOSITOS EN LOS ALMACENES GENERALES Y TODAS LAS OPERACIONES HECHAS SOBRE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO Y BONOS DE PRENDA LIBRADOS POR LOS MISMOS;

• XIX. LOS CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO O REMESAS DE DINERO DE UNA PLAZA A OTRA, ENTRE TODA CLASE DE PERSONAS;

• XX. LOS VALES U OTROS TITULOS A LA ORDEN O AL PORTADOR, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES, A NO SER QUE SE PRUEBE QUE SE DERIVAN DE UNA CAUSA EXTRAÑA AL COMERCIO;

• XXI. LAS OBLIGACIONES ENTRE COMERCIANTES Y BANQUEROS, SI NO SON DE NATURALEZA ESENCIALMENTE CIVIL;

• XXII. LOS CONTRATOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADOS DE LOS COMERCIANTES EN LO QUE CONCIERNE AL COMERCIO DEL NEGOCIANTE QUE LOS TIENE A SU SERVICIO;

• XXIII. LA ENAJENACION QUE EL PROPIETARIO O EL CULTIVADOR HAGAN DE LOS PRODUCTOS DE SU FINCA O DE SU CULTIVO;

• XXIV. LAS OPERACIONES CONTENIDAS EN LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO;

• XXV. CUALESQUIERA OTROS ACTOS DE NATURALEZA ANALOGA A LOS EXPRESADOS EN ESTE CODIGO.

• EN CASO DE DUDA, LA NATURALEZA COMERCIAL DEL ACTO SERA FIJADA POR ARBITRIO JUDICIAL.

• ARTICULO 73. CONSTITUCIONAL

• X. PARA LEGISLAR EN TODA LA REPUBLICA SOBRE HIDROCARBUROS, MINERIA, SUSTANCIAS QUIMICAS, EXPLOSIVOS, PIROTECNIA, INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA, COMERCIO, JUEGOS CON APUESTAS Y SORTEOS, INTERMEDIACION Y SERVICIOS FINANCIEROS, ENERGIA ELECTRICA Y NUCLEAR Y PARA EXPEDIR LAS LEYES DEL TRABAJO REGLAMENTARIAS DEL ARTICULO 123;

(REFORMADA MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 20 DE JULIO DE 2007)

ACTO DE COMERCIO.

Es la manifestación de la voluntad del hombre con el propósito de producir consecuencias jurídicas. En el acto de comercio se encuentra condicionado a la legislación, es decir a la calidad de ciertas actividades que se encuentran previstas en el Código de Comercio art 75; pero también se encuentra condicionado al carácter personal de los que intervienen en su ejecución (comerciantes) de lo anterior es válido considerar que el acto de comercio se encuentra determinado por la ley (acto de comercio objetivo), pero también se encuentra determinado por los sujetos que intervienen, es decir por los comerciantes ( acto de comercio subjetivo).

CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS DE COMERCIO

ACTOS ABSOLUTAMENTE MERCANTILES.- Tienen ese carácter o naturaleza que lo determina el mismo Código de Comercio, además son aquellos que están previstos en el artículo 75 del Código de Comercio y otros están en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y unos ejemplos de ellos son; contrato de reporto, contrato de apertura de crédito, contrato de deposito bancario, contrato de habilitación, contrato de fideicomiso, contrato de cuenta corriente y contrato de deposito de títulos,

- ACTOS DE MERCANTILIDAD CONDICIONADA.- Son aquellas actividades que aparentemente llevan implícita la aplicación del Código de Comercio y la aplicación del Código Civil por ejemplo: la celebración de un contrato de arrendamiento respecto de un bien inmueble que será empleado para la edificación de una empresa.

- ACTOS DE COMERCIO ATENDIENDO A SU FINALIDAD.- Son aquellas actividades que las realizan los comerciantes con toda

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