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A Sa Y De Relaciones Interiores Y Justicia Establece Que Los Dueños De Locales De Expendio Y Consumo De Bebidas Alcohólicas, Responsables Del Desarrollo De Espectáculos públicos (cines, Discotecas, Conciertos, Estadios, Entre Otros) Y De La Ejecución


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2012  •  600 Palabras (3 Páginas)  •  828 Visitas

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A partir de este jueves 23 de agosto está prohibido el ingreso con armas de fuego a locales como discotecas, restaurantes, expendios de bebidas alcohólicas y también espectáculos públicos. La medida incluye a las personas que tienen porte de armas vigentes.

El secretario técnico de la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y Desarme, Pablo Fernández, confirmó que “a partir de hoy comienzan las supervisiones para el cumplimiento de esta medida”, y recordó que la misma fue publicada en Gaceta Oficial hace tres meses. “Exhortamos a que todo el mundo se ponga a tono, por el bien de todo el pueblo”, manifestó.

Fernandez confirmó que las zonas libres de armas incluyen a las personas con porte legal vigente y advirtió que si ingresan armados a estos espacios sufrirán la retención del arma y la anulación definitiva del permiso de portación.

El Secretario Técnico comunicó además que ya está activa la linea 0-800-DESARMA, donde se recibirán denuncias sobre irregularidades en el cumplimiento de las zonas libres de armas.

Alcance de la medida

La resolución conjunta de los ministerios de Defensa y de Relaciones Interiores y Justicia establece que los dueños de locales de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, responsables del desarrollo de espectáculos públicos (cines, discotecas, conciertos, estadios, entre otros) y de la ejecución de obras civiles en construcción son los responsables de aplicar las medidas de seguridad necesarias para evitar el ingreso de personas armadas.

No sólo deben colocar el cartel (80x50 centímetros) con el símbolo universal de prohibición de portar armas de fuego y municiones, también deben implementar como mínimo tres (03) mecanismos de seguridad establecidas en la Gaceta Oficial No. 39.928 publicada el pasado 23 de mayo.

Los órganos que se encargarán de velar por esta resolución son los cuerpos de policía, alcaldías y cuerpos de bomberos. Ante ello, Fernández señaló que “las alcaldías que son las que otorgan la permisología para el desarrollo de espectáculos públicos y los cuerpos de bomberos deben comenzar a incorporar dentro de sus protocolos de actuación el control y el monitoreo de estas resoluciones”.

Detalles

1) ¿Qué es una Zona Libre de Armas?

Es un espacio en el cual ninguna persona puede portar o ingresar ningún tipo de arma de fuego o municiones. Para ello, se establecen medidas y leyes que prohíben de manera permanente el porte de armas de fuego y municiones.

2) ¿Cuáles son los mecanismos y las medidas de seguridad que deben instalar los establecimientos y espacios descritos en las medidas de la Zona Libre de Armas?

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