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20 Reglas De Oro


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2013  •  2.260 Palabras (10 Páginas)  •  567 Visitas

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Como ganar un juicio contencioso-administrativo: veinte reglas de oro

Sin aspirar a ser pretencioso, ni ofrecer reglas infalibles, me limitaré a apuntar algunas de las pautas aconsejables que he podido extraer de mi experiencia desde los cuatro lados del mundo jurídico ( docente, abogado, letrado de la Administración y juez). No se trata de un Manual, ni el plano del tesoro de la victoria, sino de ofrecer unas orientaciones por si pueden servir de ayuda a desvelar los arcanos del mundo forense contencioso-administrativo. Una especie de trucos de magia blanca para conseguir sacar de la chistera judicial el conejo de la victoria.

1. Honradez. Una retirada a tiempo es una victoria. Explicar al cliente lo atinado de no embarcarse en un pleito largo y costoso, puede dar lugar a una minuta menor pero una mayor satisfacción para cliente y abogado. Un cliente puede entender una derrota pero es difícil digerir además la decepción o el engaño de su abogado. Una cosa es que un asunto sea defendible y otra muy diferente que esté ganado. Como dicen los aficionados a la tauromaquia “hasta el rabo, todo es toro”.

2.Sensibilidad. El abogado tipo “House” no es un modelo a imitar. Aunque el cliente sea un empresario creso, un rudo trabajador, un quejoso funcionario o un ciudadano rebelde, todo cliente necesita en su fuero interno que su abogado crea en él, que valore lo que el valora, y que humanice los vericuetos procesales para explicárselos. El abogado moderno ha de ser un cruce entre letrado y psiquiatra, pues un proceso contencioso-administrativo es parecido al descenso de Dante a los infiernos, donde el atribulado cliente tendrá que soportar minutas, gastos procesales, esperas interminables, incertidumbres y posiblemente decepciones, y para ese viaje, bien viene que el piloto procesal encarnado por el abogado, lo haga mas llevadero.

3.Modestia. Nadie tiene todo el Derecho Público en la cabeza, ni nadie es capaz de contar con una bola de cristal infalible sobre el avatar judicial. Hoy día en que hay bases de datos completas y actualizadas de jurisprudencia, buena parte de los abogados se han convertido en sabuesos de sentencias. Buscan la sentencia similar, el precedente o el caso ya resuelto que permita extraer el fragmento o doctrina que avale su tesis. Y eso está muy bien, pero no basta. El Derecho Administrativo no puede encerrarse en un Manual ni en una sentencia. Es dinámico y poliédrico. Y sobre todo, no puede improvisarse. Hay que conocer el Derecho Constitucional, el Derecho Administrativo y el Derecho Procesal. No basta con ser un buen civilista, laboralista o penalista, o un administrativista armado solamente con la calificación universitaria. Al igual que por saber mover las piezas de ajedrez no se garantiza el triunfo, el jaque mate en un proceso contencioso-pasa por estudiar muchas “aperturas, estrategias” y practicar, practicar mucho.

Y en todo caso, por mucha experiencia que se atesore, por mucho que nos elogien, en Derecho Administrativo nadie lo sabe todo, y hay que esperar sorpresas de toda índole, ya que como decía un amigo, “es una disciplina similar a un saco de cristales: si metes la mano, te cortarás”.

4. Tenacidad. Hay que zambullirse en el litigio con el interés de quien presiente que esa sentencia será histórica. No basta con leer transversalmente el expediente, o con recordar algún caso similar o con asumir el comentario de un colega en el café sobre el desenlace de cuestiones similares. Hay que estudiar el asunto y entrar “en trance”. Hay un momento del letrado, entre papeles y bajo el flexo, en que se da cuenta, como tan a menudo ocurre a los místicos, que su mente se abre de forma aparentemente inexplicable y se capta la clave del enfoque jurídico. Ahí está la llave sobre la que construir la demanda o la contestación, pero es una musa que sólo acude con el estudio y la reflexión.

5. Pasión. El letrado no debe convertir su bufete en un máquina de vending, ni un Macdonald. No todo es la minuta y despachar escritos hacia ese remolino que son los Tribunales. El abogado ha de implicarse en el asunto y luchar tanto lo pequeño como lo grande, con el mismo énfasis y rigor. Es cierto que hay asuntos de mayor calado y otros de ínfima cuantía o entidad, pero lo que no puede ignorarse es que para el cliente su asunto es vital, y esa perspectiva subjetiva merece un respeto. Además, el éxito del letrado no proporciona solamente dinero y elogios, sino que le dota de seguridad en sí mismo. Con cada éxito, el abogado aprende a arriesgar más, a minorar el temor reverencial de los juicios, y se vuelve mas exigente. Y con ello, se ganan mas y mas juicios…

6. Minuciosidad. El abogado debe escudriñar el expediente administrativo como un piel roja. buscando huellas, incongruencias, problemas de actos propios, un funcionario que se extralimita, una notificación defectuosa, un certificado sin firma, etc… Una mirada serena al expediente posiblemente cosechará los ases del triunfo.Y a veces para pescar unos pocos peces hay que pasar muchas horas en el río…

7. Pulcritud. Los escritos procesales deben estar limpios, ordenados y claros. Indicando apartados y epígrafes. No son bien recibidos los escritos que se olvidan de las reglas ortográficas y de la sintaxis (que los hay). Tampoco los que se olvidan de los puntos y aparte ni los que ahorran el papel ( y las ideas). Hay que utilizar ese “neón de las ideas” que son la letra negrita y en cursiva, o el subrayado, pero eso sí, si todo se resalta como importante, nada lo es. Si se trata de una vista oral, nada de verborrea ni chorros argumentales difíciles de seguir; y si se facilita minuta escrita de la exposición vertida oralmente, pues mucho mejor ( si la acepta el juez, beneficia, y si la rechaza, nada perjudica).

8. Brevedad. Lo breve, si bueno dos veces bueno. Las demandas y oposiciones no son examinadas por los jueces “al peso”. Ya comenté anteriormente sobre la mentira impune mas dicha ante los jueces:“Seré breve, señoría” en un anterior post.

9.Exactitud. Si se quiere vencer, hay que convencer….al juez. Un escrito procesal claro y ordenado tiene mucho ganado. El letrado no debe divagar ni refugiarse en la cita de “notoria jurisprudencia” sin precisarla. En el ámbito contencioso-administrativo, es fundamental distribuir los hechos, y los fundamentos para desembocar en un “ Suplico, bien clarito”. La prueba debe “apostillarse”, aunque la norma procesal no lo imponga ya que tampoco lo prohibe, y por tanto, si se propone un grupo de testigos, no está de más explicar mínimamente la posición o quién es ese testigo, para facilitar su admisión. Las conclusiones jamás deben ser la repetición “corta y pega” de demanda y contestación. Es una ocasión de oro para resumir y centrar el litigio,

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