ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Actividad #4. GUÍA DE LECTURA LA MENCIÓN DEL DERECHO QUE EN EL TÍTULO VALOR SE INCORPORA.


Enviado por   •  5 de Marzo de 2017  •  Exámen  •  494 Palabras (2 Páginas)  •  224 Visitas

Página 1 de 2

María Victoria Ruiz

Actividad #4. GUÍA DE LECTURA LA MENCIÓN DEL DERECHO QUE EN EL TÍTULO VALOR SE INCORPORA.

  1. ¿Qué tipos de obligaciones y prestaciones pueden establecerse como derecho incorporado en el título valor? Explique.

Según la legislacion colombiana las obligaciones y prestaciones que pueden establecerse como incorporadas en un titulo valor son:

Según el derecho que incorporan:

  • Crediticios: Incorporan el derecho a cobrar una suma de dinero, el derecho surge de una obligación crediticia.
  • De tradición o representativos de mercancías: incorporan el derecho a reclamar un objeto o bien, el derecho surge de un negocio cuyo objeto es la tradición o la entrega de un bien mueble.
  • Corporativos o de participación Incorporan una contraprestación a cargo de una sociedad mercantil.

  1. ¿Dónde nace la obligación contenida en el título valor?
  1. ¿Cuándo nace la obligación contenida en el título valor?

Al momento de que las partes involucradas en la obligación cambiara expresan su consentimiento, nace la obligación contenida en el determinado titulo valor;

  1. ¿Desde cuándo puedo cobrar los intereses de plazo o de mora y a qué tasa?

El interés moratorio nace una vez se haya vencido el plazo para que se reintegre el capital cedido o entregado en calidad de préstamo y no se haga el reintegro o el pago del mismo.

El artículo 884 del código de comercio establece los siguiente: “Cuando en los negocios mercantiles haya de pagarse réditos de un capital, sin que se especifique por convenio el interés, éste será el bancario corriente; si las partes no han estipulado el interés moratorio, será equivalente a una y media veces del bancario corriente y en cuanto sobrepase cualquiera de estos montos el acreedor perderá todos los intereses, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 45 de 1990.

Se probará el interés bancario corriente con certificado expedido por la Superintendencia Bancaria.”

  1. ¿Dónde se cumple la obligación contenida en el título valor?

Según el artículo 621 del código de comercio: “…Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el del domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas”

  1. ¿Cuándo se paga la obligación contenida en el título valor?

  1. ¿Qué se paga en el título valor?

En el título valor se paga la obligación que en el mismo se incorpora

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.2 Kb)   pdf (87.2 Kb)   docx (343.1 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com