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Bien Juridico Tutelado


Enviado por   •  9 de Febrero de 2014  •  704 Palabras (3 Páginas)  •  486 Visitas

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ESTADOS JURÍDICOS DELA PERSONA

Como atributo de la personalidad, es la relación en que se hallan las personas en el agrupamiento social, respecto a los demás miembros del mismo agrupamiento.

Desde el momento en que nace, la persona es referida o, dicho en otra forma, ligada por el derecho a un grupo social y a una familia, atribuyéndole un estado personal generalmente denominado estado civil, que a su vez presenta numerosos aspectos.

El estado personal o jurídico no tiene ya la significación que tuvo en el derecho romano. Coviello afirma que al estar la personalidad reconocida al hombre por el hecho de ser hombre el estado no es otra cosa que fuente de cualidades o de atribuciones que de otro la persona no tendría. El estado jurídico de la persona es fuente de derechos y deberes jurídicos inherentes de tal modo a la persona que no puede cederse ni transmitirse, y que no pueden ser objeto de transacción las cuestiones que se refieren a ella. Es la relación que la persona individual guarda con su familia, con el Estado y consigo misma.

1. Estado de Libertad

Derecho inherente de la persona humana porque está regulado en la ley.

Desaparecida la esclavitud como institución de raigambre histórica jurídica, todos los seres humanos son libres para el derecho. Más que como un Estado, la libertad es considerada como un algo por encima de todo ordenamiento jurídico, emanado de la organización democrático-liberal.

La libertad para el derecho, es el fundamento de otro principio general: la igualdad ante la ley, establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 4. Libertad e igualdad. Pero el ordenamiento legal encauza la libertad del hombre para que no signifique facultad para la inobservancia de la forma jurídica y al igualdad ante la ley sea efectiva.

2. Estado de Nacionalidad.

El ser humano, desde el momento en que nace, queda vinculado por el derecho a una sociedad políticamente organizada, a un Estado, al cual pertenece como miembro integrante del mismo, lo cual resulta de suma importancia para el determinar cuál es el ordenamiento jurídico que le es aplicable como normatividad de sus calidad de persona.

Une al Estado a una persona en particular, todos tienen una nacionalidad que ha sido reconocida, como lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 144. Nacionalidad de origen.

3. Estado de Familia

La persona humana forma parte, además, de una familia, núcleo o base de la sociedad, a la cual pertenece. El estado de familia es, para el derecho civil, el más importante, puesto que de él emanan numeras

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