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Clasificación de las enfermedades Laborales


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2016  •  Trabajos  •  627 Palabras (3 Páginas)  •  1.322 Visitas

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ENSAYO DE LA LEY 1507 DE 2014

PRESENTADO POR:

DANIEL DELUQUE

PRESENTADO A:

LIC. WENDY RAMÍREZ

SEMINARIO DE SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES COMO EJE EN LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES

[pic 1]

SALUD OCUPACIONAL

VI SEMESTRE DE BIOLOGÍA

RIOHACHA – LA GUAJIRA

2015

CLASIFICACIÓN DE LAS ENFERMEDADES LABORALES

Con este decreto se evalúan las causas, orígenes y pérdidas de la capacidad laboral debido a las diferentes enfermedades que se presentan durante el desarrollo de algunas ocupaciones laborales, se califican de para conocer cuáles son los derechos y condiciones de los trabajadores colombianos para poder acceder a las prestaciones económicas y a la asistencia a la cual tienen derecho por encontrarse establecidas en el Decreto 1507 de 2014.

Es conocida como enfermedad laboral la que es adquirida por causa de exposición a factores de riesgo durante el desarrollo de la actividad laboral, las condiciones para que una enfermedad sea considerada de origen laboral debe de haber un diagnóstico médico, determinar la relación de causa efecto o sea hacer la respectiva valoración si en verdad existía el riesgo de contraer dicha enfermedad durante el desarrollo de la actividad laboral, si el tiempo de exposición   durante el trabajo fue el suficiente para contraer la enfermedad  estas condiciones están determinadas en este decreto.

El artículo 3 define como capacidad laboral las habilidades y potencial físico, mental y social, que permiten desempeñarse en un trabajo también determina que la deficiencia es una alteración en las funciones fisiológicas o en las estructuras corporales de una persona la cual puede constituirse de una pérdida, defecto, anomalía que afecte de manera significativa el desempeño y puntualiza que la discapacidad incluye limitaciones en la realización de una actividad laboral la cual puede ser definitiva si afecta de un 5% a un 50% las capacidades de la persona o parcial si afecta más 50% y es consecuencia de una accidente o enfermedad originada debido a su actividad laboral.

La tabla establecida en el decreto 1507 de 2014 determina 5 factores de riesgo ocupacional que pueden contribuir a la prevención de enfermedades laborales entre las cuales están: los químicos, físicos, biológicos, psicosociales y agentes ergonómicos.

El Decreto también clasifica las enfermedades laborales directas originados por los agentes mencionados y está dividido en 15 grupos:

  • Grupo I Enfermedades infecciosas y parasitarias
  • Grupo II Cáncer de origen laboral
  • Grupo III Enfermedades no malignas del sistema hematopoyético
  • Grupo IV Trastornos mentales y del comportamiento
  • Grupo V Enfermedades del sistema nervioso
  • Grupo VI Enfermedades del ojo y sus anexos
  • Grupo VII Enfermedades del oído y problemas de fonación
  • Grupo VIII Enfermedades del sistema cardiovascular y cerebro-vascular
  • Grupo IX Enfermedades del sistema respiratorio
  • Grupo X Enfermedades del sistema digestivo y el hígado
  • Grupo XI Enfermedades de la piel y tejido subcutáneo
  • Grupo XII Enfermedades del sistema músculo-esquelético y tejido conjuntivo
  • Grupo XIII Enfermedades del sistema genitourinario
  • Grupo XIV Intoxicaciones
  • Grupo XV Enfermedades del sistema endocrino

El Decreto dispone que en el caso de las enfermedades no estén en la tabla, pero que mediante diagnostico medico se determinen como causadas por exposición laboral deben de ser reconocidas como enfermedades laborales.

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