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Comunidad Segura Y Vida Plena

MilagroLima20 de Mayo de 2012

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Introducción

Según el filósofo griego Aristóteles, la Constitución “es aquel principio según el cual están ordenadas las autoridades públicas, especialmente aquélla que es superior a todas. Ella designa la ordenación de las autoridades del Estado, define la división de los poderes políticos, determina en quién reside la soberanía y, por último, fija el fin de la sociedad civil”.

La primera Constitución de Venezuela, y también de Hispanoamérica, fue aprobada en 1811. Sería la primera de una larga lista durante el siglo XIX y la mitad del siglo XX, causadas mayormente por guerras, triunfos momentáneos de revoluciones y gobiernos dictatoriales, en su mayoría las Constituciones son las mismas debido a que solo sufrieron modificaciones menores sobre todo en el pedido del General Gómez 1909-1935. Los cambios más significativos son los contenidos en las Leyes Fundamentales de 1811, 1830, 1864, 1901, 1936, 1847, 1961 y 1999.

En Venezuela a partir de 1811 ha existido una base constitucional y cuando se ha dicho que ausencia de constitucionalidad, es porque se violan las leyes y las libertades individuales, así como los derechos ciudadanos; igualmente cuando el juego político de la alternabilidad, consagrada para el ejercicio del poder, ha sido apartada de la práctica lega, por las aspiraciones continuístas de los gobernantes.

A continuación se presentarán una lista de estas constituciones junto a algunos documentos que las modificaron, aprobaron o derogaron, y que sirvieron en algunos casos como constituciones de facto

LA HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO VENEZOLANO:

La Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental o Carta Magna, establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal), y entre todos aquellos y los ciudadanos; asimismo, establece las bases para el gobierno y para la organización de las instituciones en que el poder se asienta; y garantiza finalmente, en tanto que pacto social supremo de la sociedad venezolana, los derechos y los deberes del pueblo.

Venezuela ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Desde que devino una nación libre e independiente, se ha dado, según el momento histórico y la circunstancia, varias constituciones hasta llegar a la que rige en la actualidad, que fue promulgada el 30 de diciembre de 1999. Cada una de ellas ha tenido su razón política de ser y un impacto social determinado.

Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811 - Independencia

La Constitución de Venezuela de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela y de América Latina, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio y sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 4 de diciembre de 1811. La misma establecía un gobierno federal, pero fue derogada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco de Miranda en San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de un año.

Una vez firmada, fueron aprobados 228 artículos de sus artículos, siendo destacable las reservas que generó el artículo 180 para el entonces vicepresidente Francisco de Miranda y el resto del tren ejecutivo. El artículo expresaba: "No habrá fuero alguno personal: sólo la naturaleza de las materias determinará los Magistrados a que pertenezca su conocimiento; y los empleados de cualquier ramo, en los casos que ocurren sobre asuntos que no fueran propios de su profesión y carrera, se sujetarán al juicio de los Magistrados y Tribunales ordinarios, como los demás ciudadanos".

Los poderes públicos fueron el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial; la composición de los Poderes Públicos que, en la Constitución Federal de 1811, quedan establecidos por primera vez, será la que adoptarán, en general, las sucesivas constituciones venezolanas hasta el presente. Los poderes públicos fueron el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial; la composición de los Poderes Públicos que, en la Constitución Federal de 1811, quedan establecidos por primera vez, será la que adoptarán, en general, las sucesivas constituciones venezolanas hasta el presente.

Rasgos fundamentales:

1) Establece como forma de Estado la Federación, a la cual llama Confederación, lo cual era común en aquella época, existiendo todavía un ejemplo de ello en Suiza, que siendo un Estado federal se denomina aun hoy Confederación Suiza. La escogencia del sistema federal fue común a muchos de los nuevos Estados americanos: Argentina, Brasil, Federación Centroamericana, México. Aparte de razones históricas que se han aducido como fundamento de tal sistema, más o menos valederas, es evidente la influencia del modelo norteamericano, único vigente para la época y con inmenso prestigio por su éxito;

2) Acoge la separación de poderes con un Poder Legislativo bicameral: Cámara de Representantes y Cámara del Senado, como es característica del Estado federal, pero en el sistema de 1811 las provincias no tienen en el Senado igual representación, sino que se eligen, como los representantes, a partir de la población de cada una, pero con una base mayor que la que sirve para elegir éstos, por lo cual la Cámara del Senado es menos numerosa que la de Representantes;

3) El Poder Ejecutivo es colectivo, ejercido por tres personas, única vez en la historia venezolana (salvo en ciertos gobiernos de facto), en que se establece esta forma de organización;

4) El sistema electoral es censitario, esto es, establece limitaciones tanto del derecho a elegir como a ser elegido según condiciones económicas;

5) Hace declaración solemne de los derechos del hombre, resumiéndolos en los de libertad, igualdad, propiedad y seguridad; acoge así lo que se ha venido a llamar después la doctrina o ideología del Estado democrático, liberal, burgués de derecho, en el cual la idea básica es la de unos derechos fundamentales anteriores y superiores al Estado, que pertenecen al hombre por propia naturaleza, más allá de todo poder del Estado, el cual se encuentra por su parte limitado, pues estos derechos son los límites de su actuación y su tarea principal es la de servir simplemente de guardián para el respeto y garantía de esos derechos

Constitución de 1819

La Constitución de 1819 es la segunda Carta Fundamental de la República de Venezuela, aprobada el 15 de agosto de1819 por el Congreso de Angostura, que había iniciado sus sesiones el 15 de febrero de ese año en dicha ciudad, capital de la provincia de Guayana y capital provisional de la República. El proyecto que sirvió de base para la elaboración de esta Constitución fue redactado por el Libertador Simón Bolívar, quien el 15 de febrero de 1819 hizo entrega del mismo al Congreso en la sesión inaugural, explicitando algunos de sus conceptos fundamentales en la pieza oratoria que pronunció en aquella ocasión, el Discurso de Angostura

Se restablece en firme el Poder Público venezolano con la Constitución de 15 de agosto de 1819, sancionada por el Congreso de Angostura, que mantiene los 3 clásicos poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El Poder Legislativo se compone de 2 Cámaras: Representantes y del Senado; los senadores, con carácter vitalicio y los representantes, con períodos de 4 años, elegidos por votación directa. Los senadores serían elegidos, en ese momento inicial, por el Congreso. El Poder Ejecutivo fue unipersonal con la denominación de presidente de la República de Venezuela; el Poder Judicial, depositado en una Corte Suprema de Justicia y en los demás tribunales establecidos o que se establecieren en el territorio de la República.

Esta carta constitucional tuvo muy breve vigencia, pues, al ser fundada en diciembre de 1819 la República de Colombia (la Gran Colombia), se estipuló que el nuevo Congreso, que se iba a celebrar en 1821, sería Constituyente

Constitución de Cúcuta 1821

La Constitución de 1821 fue el resultado del Congreso de Cúcuta que se desarrolló el 30 de agosto de 1821 y cuyo objetivo principal fue crear la República de Colombia mediante la unificación de Nueva Granada (Colombia y Panamá) y Venezuela. Posteriormente Ecuador se unió a esta enorme Nación. El 30 de agosto de 1821 es proclamada la Constitución y se expide el 12 de julio. Esta estuvo vigente hasta la disolución de 1830. La misma permitió el alcance de nuevas reformas de contrato para la libertad social, económica y político de los países.

Fue republicana la Constitución de 1821 y estableció 3 poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. El territorio se dividió en departamentos, cuyo mando político ejercía en cada uno de ellos un intendente. El Poder Legislativo se compuso de 2 cámaras, la del Senado y la de Representantes; unos y otros elegidos popularmente; los primeros por 8 años y los segundos por 4. El Poder Ejecutivo estaba a cargo de un presidente por un período de 4 años, pudiéndose reelegir por una vez; de un vicepresidente que lo subrogaba; de un Consejo de Gobierno compuesto por los secretarios de Estado y un miembro de la Alta Corte de Justicia. El Poder Judicial residía en la Alta Corte de Justicia. La Constitución autorizaba al Ejecutivo, en casos de emergencia, para declararse en uso de facultades extraordinarias. La razón principal para introducir esto era que la República aún estaba ocupada en parte por fuerzas españolas. Una vez disuelta la Gran Colombia en 1830, se reinicia la autonomía venezolana y la nación emprende su evolución constitucional hasta

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