Creacon De Normas Generales Y Abstractas
normiz17 de Noviembre de 2011
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UNIDAD VII CREACION DE NORMAS GENERALES Y ABSTRACTAS
NORMA: es un término que proviene del latín y significa “escuadra”. Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades.
En el ámbito del derecho, una norma es un precepto jurídico
NORMA GENERAL Y ABSTRACTA
La ley comprende a todos aquellos que se encuentren en las condiciones previstas por ella, sin excepción de ninguna clase.
ABSTRACTA: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni personas determinadas, su impersonalidad y abstracción, la conducen a la generalidad.
LEY –LEX- LEGIS
Norma jurídica dictada por el legislador, es decir, precepto establecido por la autoridad competente, en el que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia.
Incumplimiento- trae aparejada sanción
CESAR QUINTERO: Norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite y a la cual todos deben obediencia.
FINES
• Delimitan el libre albedrio de las personas dentro de la sociedad.
• Control externo que existe de la conducta humana
• Rige la conducta social
• Es la principal fuente del derecho
• Creada por una autoridad competente
CODIGOS
Se denomina códice (del latíncodex, -icis, 'tablilla de madera encerada para escribir' y posteriormente 'libro') a un documento con el formato de los libros modernos, de páginas separadas, unidas juntas por una costura y encuadernadas. Aunque técnicamente cualquier libro moderno es un códice, este secundario término latino se utiliza comúnmente para libros escritos a mano, manuscritos, manufacturados en el periodo que abarca desde finales de la Antigüedad preclásica hasta el fin de la Edad Media.
• Los siguientes términos de derecho:
o Un código, en derecho, el conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas: Código Civil, Código Penal.
o Un código de conducta, término que a su vez tiene varias acepciones.
SUS ANTECEDENTES HISTORICOS
• Los más antiguos fragmentos existentes de un código legal son las tablillas de la arcaica ciudad de Ebla que datan del año 2400 a. C. La compilación primitiva más conocida es el código Hammurabi.
• Los primeros registros legales romanos pertenecen al siglo V a. C., aunque la primera codificación formal ordenada por Justiniano I, no tuvo lugar hasta el siglo VI. En la Edad Media y hacia la era moderna, solamente se hicieron compendios locales o provinciales.
• El primer código nacional relevante fue el Código Civil de Francia, seguido por los reglamentos alemán, suizo y japonés. En países que manejan el derecho común como Inglaterra y los Estados Unidos, los códigos legales han sido tradicionalmente menos importantes que los registros de decisiones judiciales, aunque las codificaciones significativas se llevaron a cabo en los EE. UU. en el siglo XX.
REGLAMENTO
Disposición normativa escrita de carácter general dictada por la Administración y con rango inferior a la ley.
o Disposición normativa: se integra en el ordenamiento jurídico, es una fuente de Derecho
o Carácter general: al igual que la Ley, se dirige a la generalidad, que está obligada en su conjunto a respetarlo, incluso aunque no afecte a todos por igual, ya que puede estar dirigido a un determinado ámbito, caso de los de organización, o a determinados colectivos.
o Dictada por una administración: proviene de un órgano administrativo y no de un órgano legislativo, aunque ya sabemos otras autoridades pueden emitir Reglamentos para hacer frente a su actividad logística y de gestión de personal, pero los auténticos REGLAMENTOS provienen de la Administración
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