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HACIA UNA ALIMENTACIÓN SALUDABLE, DIGNA Y EQUITATIVA


Enviado por   •  21 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  1.839 Palabras (8 Páginas)  •  36 Visitas

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Yenifer Yulieth Mora Segura y María Camila Sánchez Páez

        Hacia una alimentación saludable, digna y equitativa

10/09/2022

HACIA UNA ALIMENTACIÓN SALUDABLE, DIGNA Y EQUITATIVA

YENIFER YULIETH MORA SEGURA Y MARÍA CAMILA SÁNCHEZ PÁEZ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

FACULTAD DE INGENIERIA

INGENIERIA ECONOMICA

2022

Introducción

En Colombia, actualmente se propone un nuevo proyecto de ley en el que se adopta una reforma tributaria. Según su primer artículo este proyecto tiene, entre otros tantos propósitos, el de fortalecer la tributación de los sujetos con mayor capacidad contributiva, robustecer los ingresos del Estado y promover el mejoramiento de la salud pública. En el presente documento se analizará el capítulo II del título V, referente al impuesto nacional al consumo de productos comestibles ultraprocesados y con alto contenido de azúcares añadidos, con el fin de determinar si es conveniente presentar o no estas medidas con relación a los objetivos previamente mencionados.

  1. En cuestión de salud

De acuerdo con el informe “Fiscal policies for Diet and Prevention of Noncommunicable Diseases (NCDs)”, de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la falta de actividad física y el adoptar dietas cuyos productos alimenticios tienen un alto contenido de sodio, grasas saturadas, grasas trans y azúcares se encuentran entre los principales factores de riesgo en cuanto a las enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), responsables un 63% del total de defunciones anuales.

Por lo anterior, desde el 2015 la OMS ha estado promoviendo la creación de instrumentos de carácter tributario orientados a gravar este tipo de productos con 20% adicional de su precio de venta al público. A este tipo de impuestos son los que denominamos “Impuestos saludables”. Esta organización indica que, para una persona el consumo de azúcares debe ser menos del 10% de la energía consumida en alimentos, el consumo de sodio estar por debajo de 2g/día y el de grasas saturadas debe ser menor del 10% de la energía total. Sin embargo, según la ENSIN (2015) y Mendivil (2021), Colombia tiene un alto consumo de sodio, grasas saturadas, azúcar y calorías (por encima de los niveles recomendados).

Para el azúcar se ha observado que el 48% de los adultos consume más de lo recomendado por el Ministerio de Salud. De igual forma, el 91% de los adultos exceden la ingesta recomendada de sodio y el 92% el de grasas saturadas. Todos estos datos indican que una proporción importante de la población colombiana se excede en la ingesta de estos nutrientes, afectando la salud, por lo que surge en esta nueva reforma tributaria un espacio para desincentivar su consumo, teniendo presente que estos sean reemplazados por alimentos saludables. En el artículo 49° se genera un impuesto nacional al consumo de productos comestibles ultraprocesados y con alto contenido de azúcares añadidos (entendidos como formulaciones industriales a base de sustancias extraídas/derivadas de alimentos, además de aditivos y cosméticos que dan color, sabor o textura para intentar imitar a los alimentos) y en el artículo 51° se define que la tarifa de este impuesto corresponderá al 10% debido a que estos productos están nutricionalmente desequilibrados, contienen elevado número de azúcares libres, grasa total, grasas saturadas y sodio y además tienen bajo contenido en proteína, fibra alimentaria, minerales y vitaminas, en comparación con los productos, platos y comidas sin procesar o mínimamente procesados.

Actualmente, cerca de 50 países han implementado medidas similares; las investigaciones (Guerrero- López et al., 2017; OPS, 2015; Segovia et al., 2020)- muestran que, en muchos casos, las personas los sustituyen por productos más saludables. Por ejemplo, en países con umbrales mínimos de azúcar, se observaron efectos de sustitución hacia bebidas dietéticas, café, té, agua y refrescos y a la par, las empresas aumentan sus ventas en productos con menor cantidad de azúcar incluso, se puede acudir al caso de México, país en el cual, con la implementación del impuesto, se ha logrado una reducción del 6% en el consumo de alimentos ultra procesados a la vez que se plantea que, a largo plazo, es muy probable que se reduzcan los índices de obesidad y diabetes.

Referente al artículo 51, además del ya mencionado artículo 49, los cuales tratan sobre el impuesto nacional a los alimentos ultra procesados, gravables sobre su precio de venta, así como de su contenido nutricional desequilibrado, se pueden analizar los siguientes aspectos en función de su viabilidad y efectividad:

  1.  Marco internacional

En el caso en que se alcance la tarifa necesaria o cercana para que el impuesto sea efectivo, del 20% o similares (Wright et al, 2017), resulta esencial tener en cuenta el papel que juegan las industrias alimentarias en el despliegue y desarrollo de este ya que, acorde con Popkin et al (2021), utilizan presiones mediáticas, en las que no se evidencian mejoras en la salud de la población a corto plazo, causando la eliminación de las políticas al cabo de 3 años por parte de algunos gobiernos.

En resumen, se puede afirmar que aunque hay un panorama favorecedor respecto a la implementación de políticas e impuestos enfocados a la salud, resulta necesario prestar especial atención al comportamiento y evasiones de las regulaciones correspondientes por parte de las industrias con el fin de reducir los impactos que generan los alimentos ultra procesados (SCOOT) en las poblaciones vulnerables las cuales, a fin de cuentas, son quienes más los consumen, tanto a nivel nacional como internacional  (Arbeláez et al, 2021).

  1. ¿Cómo afecta este impuesto a la población colombiana?
  1. Desincentivo del consumo sobre la tarifa del 10%

Esperando que tanto quien redactó el artículo 52 como el gobierno nacional tengan conocimiento del posible impacto que puede tener un impuesto sobre el consumo de un bien específico, toca hacer especial énfasis en el modelo de demanda denominado Almost Ideal Demand System (AIDS) o su extensión cuadrática (QUAIDS) que analiza la participación dentro del consumo total del individuo u hogar (). Esta demanda depende del precio del producto (), del resto de precios de la economía () y del gasto total del hogar (). [pic 1][pic 2][pic 3][pic 4]

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