Ing Ambiental
emiliobar7 de Febrero de 2015
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1 OBJETO
Establecer la forma mediante la cual las empresas contratistas deben acreditar la capacitación de su personal en temas de Seguridad y Medio Ambiente de las obras y servicios.
2 ALCANCE
Comprende todas las obras y servicios proyectados por la Distribuidora y ejecutadas por Empresas Contratistas y las ejecutas por terceros.
3 AREAS INVOLUCRADAS
Unidades de Negocios.
Gerencia Técnica
Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente.
4 DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA Y/O DE REFERENCIA
N SM-105 Requisitos de Seguridad Higiene, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para contrataciones de Obras y Servicios.
Decreto 911/96 y complementarias - Industria de la Construcción (Reg. Ley 19.587).
Decreto 351/79 Higiene y Seguridad en el trabajo. Reglamentación de la Ley 19.587.
NAG 153 Normas Argentinas Mínimas para la Protección Ambiental en el transporte y Distribución de Gas Natural y Otros Gases por Cañerías.
5 DEFINICIONES
Obras Repetitivas: Se definen como Obras de carácter repetitivo y de corta duración aquellas que tienen el mismo procedimiento de trabajo y una duración menor a 7 días, y que no varían en complejidad en cuanto a la seguridad y el medio ambiente.
6 RESPONSABILIDADES
Unidad de Negocio
Solicitar a las empresas contratistas, antes del inicio de la obra, la capacitación de todo el personal afectado y el correspondiente soporte documental (Planilla de capacitación) que así lo acredite.
Gerencia Técnica
Solicitar a las empresas contratistas, antes del inicio de la obra que gestione, la capacitación de todo el personal afectado y el correspondiente soporte documental (Planilla de capacitación) que así lo acredite.
Gerencia de Seguridad y Medio Ambiente: Sede Central/Regionales
Verificar que se cumpla lo dispuesto en la presente Instrucción.
7 DESARROLLO
7.1 Capacitación en Seguridad y Medio Ambiente
Las medidas de seguridad y protección ambiental se aplicarán durante todo el tiempo que duren las tareas a realizar.
La aplicación efectiva de las mismas se alcanzará a través de la concientización y capacitación de todo el personal afectado a la obra o servicio.
La empresa contratista deberá implementar como mínimo los siguientes aspectos:
• Capacitación de todo el personal afectado a la obra o servicio. Incluyendo los distintos niveles:
○ Nivel Superior: Dirección, Gerencia y Jefatura de Obra/Servicio.
○ Nivel Intermedio: Supervisor, encargados y capataces.
○ Nivel Inferior/operativo: trabajadores de producción y administración.
• El personal afectado a la obra o servicio deberá recibir la capacitación necesaria y adecuada con las tareas a desarrollar.
• Los programas de capacitación en Seguridad y Medio Ambiente deberán abarcar al personal de Subcontratistas, si existieran.
• Generar los Registros de Capacitación Anexo 9.1 o un Registro de Capacitación de la Empresa, el cual como mínimo contendrá los datos requeridos por dicho formulario.
• Para Obras Repetitivas con riesgos e impactos similares y si no hay cambio de Provincia o de personal, la capacitación realizada tendrá vigencia por el lapso de 1 año. Se deberá presentar el Plan de Capacitación junto con el resto de la documentación al inicio de la primer obra. Deberá entregar copia del registro de la actividad realizada, con la firma de los participantes, la cual debe archivar la UN en el legajo de obra de esa contratista.
7.1.1 CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD E HIGIENE
• A través de sus Servicios de Seguridad, Higiene y Medicina Laboral, la empresa Contratista
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