Inseminación artificial. ASPECTOS DEONTOLÓGICOS
edgarcambaloMonografía16 de Marzo de 2016
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Univ. Tecnológica Intercontinental (U.T.I.C.)
Sede Horqueta
Facultad de Ciencias Jurídicas
MEDICINA LEGAL
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Encargado de Cátedra
Abog. Silvio Andrés Ayala
Elaborado por: [pic 3]
Año 2016
Introducción
El material que presentamos a continuación trata de explicar en forma breve y concisa sobre los aspectos más importantes de la Inseminación artificial, desde el punto de vista médico legal, que es lo que nos interesa como alumnos de esta carrera.
La inseminación artificial es el conjunto de operaciones necesarias para introducir gametos masculinos en el aparato genital femenino por un procedimiento distinto de la copulación normal.
Antes de pronunciarse sobre su ilicitud, es necesario examinar diversos aspectos de este complejo problema. No solo hay que tener en cuenta el acto en sí, sino también las condiciones pre-existentes que lo hacen necesario y, seguidamente, sus consecuencias morales, filosóficas, sociales y jurídicas sobre uno o varios seres humanos, considerados desde el punto de vista de su propia persona y de su medio ambiente social. La inseminación artificial, en efecto, afecta a diversas personas, cuyas funciones, responsabilidad, derechos y reacciones han de sopesarse con todo cuidado antes de responder categóricamente a la cuestión planteada.
La inseminación de la mujer con el semen del marido, en ciertos casos de esterilidad matrimonial, es hoy una práctica generalmente admitida. En cambio, son muchos los que se oponen a la heteroinseminación, es decir, a la fecundación artificial con semen de un donante.
Este problema ha sido estudiado por diversos organismos y, en las siguientes líneas trataremos de exponer algunos criterios algo restringidos de este delicado asunto.
Inseminación artificial
CONCEPTO.
Inseminación Artificial. Es un procedimiento de fertilización en el que se colocan artificialmente espermatozoides en el cuello del útero Inseminación Artificial intracervical) o el útero (Inseminación Artificial intrauterina) de una mujer.
INDICACIONES
En el hombre:
- Inhabilidad para eyacular en la vagina, que puede ser causada por:
- Diabetes
- Esclerosis Múltiple
- Lesiones de columna
- Eyaculación retrógrada (el semen pasa a la vejiga en lugar de ir a la uretra, por diabetes, cirugía, inflamación, iatrogénica (para tratamiento)
- Dificultades mecánicas en el pene por trauma o cirugía
- Congelamiento de esperma previo a radioterapia o quimoterapia, vasectomía, o por dificultades de tiempo o distancia para tener relación sexual, Cambios inesperados en la vida del hombre, muerte de un hijo o deseo de tener más hijos en un futuro
En la mujer
1. Obstrucción cervical que no responde a los tratamientos.
2. Anormalidades estructurales que impiden o dificultan el paso de espermatozoides a la cavidad endometrial
3. Alergia de contacto al semen, lo cual es muy raro y cuando se diagnostica, un estudio más cuidadoso suele detectar las causas del problema
4. Mujeres sin pareja fértil de sexo masculino que desean ser madres (pareja estéril, mujeres solteras y lesbianas.)
En la pareja
1. Infertilidad cuya causa no pudiera detectarse ni siquiera practicando un CMP-Infertilidad. Es una indicación relativa pues jamás hemos encontrado que un CMP-Infertilidad resulte totalmente normal
2. Hombre estéril, por ejemplo con azoospermia incurable.
Por qué falla frecuentemente la Inseminación artificial
- Usar semen de mala calidad, muy común
- No diagnosticar y tratar adecuadamente todas las alteraciones que dificultan la fertilidad en la mujer
- Hacer inseminación artificial cuando se sabe que no servirá, por ejemplo cuando hay obstrucción de trompas
- Utilización de técnica inadecuada, que es la causa menos frecuente
FORMAS.
Existen varias formas de realizar la inseminación artificial, unas respecto al semen y otras respecto a la ubicación.
Referentes al semen, los tipos de inseminación son:
IA Conyugal
Cuando la inseminación es homóloga (IAHo), es decir, que los dos gametos utilizados son los de la pareja. Se recomienda utilizarlo cuando:
- Se desconoce la causa de la esterilidad
- Trastornos en el ciclo ovárico
- Imposibilidad de depositar el semen en la vagina
Habrá algunas ocasiones en las que sea necesario realizar más de un ciclo de inseminación artificial, ya que se ha comprobado que aumentan las posibilidades de embarazo con los ciclos, se aconseja realizar hasta tres ciclos para conseguir gestación.
IA Donante
Cuando no hay semen de una pareja, se le conoce también como inseminación artificial heteróloga (IAHe). Es la más usada, cuando:
- No hay pareja, son mujeres solteras o parejas homosexuales
Refiriéndonos a la ubicación, la inseminación puede ser:
Inseminación Artificial Intrauterina (IUI)
Se depositan en el útero los espermatozoides. El semen, contiene plasma seminal, otras células inmaduras y en algunos casos células sanguíneas, lo que se hace en el laboratorio es depurar todo esto para que queden sólo los espermatozoides fuertes, estos son los que se depositarán en el útero.
De acuerdo con el Instituto de Reproducción CEFER, el éxito de la inseminación artificial intrauterina es de un 15-20% por ciclo con semen del cónyuge y del 25-35% con semen de banco.
Inseminación Artificial Intracervical
Aquí se colocan los espermatozoides en el cuello uterino, esperando que estos fluyan naturalmente por el útero y las trompas de Falopio, para así fecundar al óvulo, y lograr el embarazo. Este tipo de inseminación es la más económica y menos invasiva de todas.
De acuerdo con el Instituto de Reproducción CEFER el porcentaje de éxito es de 10% y 30%.
Inseminación Artificial Intravaginal
Es una técnica poco conocida y sencilla, en la cual se deposita el esperma dentro de una jeringa estéril, misma que será introducida en la vagina y con un impulso su contenido llegará al útero. No deje que la sencillez del método le engañe, este tipo de inseminación no se recomienda se realice en casa ni por cuenta propia, sólo con especialistas.
ASPECTOS DEONTOLÓGICOS
Analicemos ahora el acto médico y, en particular, examinemos hasta que punto la inseminación artificial responde a las condiciones requeridas para que el acto médico sea lícito.
Todo acto médico genera una responsabilidad, que a su vez presenta varias facetas:
- El aspecto moral que, por lo general, aunque no necesariamente es deontológico.
- El aspecto civil, y
- El aspecto penal.
La responsabilidad médica exige que la prestación satisfaga los siguientes requisitos de todo acto normal lícito:
1. Ejecución por un médico legalmente autorizado.
2. Cuidadoso análisis previo de los pros y los contras, teniendo en cuenta que todo acto que supone un peligro debe estar justificado por un estado de necesidad.
3. Consentimiento de la persona [si es mayor de edad y tiene capacidad para darlo] que, además, ha de beneficiarse directamente de la intervención.
Se ha dicho que el consentimiento del enfermo no es exclusivo de la responsabilidad del médico, ya que la persona no tiene derecho a violar sobre sí misma las reglas que regulan el orden público. El consentimiento de la persona no es nunca eximente de un delito. En el caso especial que nos ocupa, hemos ya señalado que la inseminación artificial comprende al menos cuatro actores, todos ellos personas físicas, y que incluso puede haber un quinto. Esta multiplicidad supone evidentemente cierto número de consentimientos.
4. La obligación de tener en cuenta la jerarquía de los diversos derechos y, en consecuencia de respetar todo derecho superior al invocado para justificar el acto considerado.
El derecho subjetivo deja de existir cuando entra en conflicto con un derecho superior, en cuyo caso intervienen necesariamente el derecho y la moral.
Si aplicamos estas consideraciones a la inseminación artificial, comprobaremos inmediatamente que la inseminación interconyugal responde a las cuatro condiciones enumeradas, siempre que haya consentimiento. El hijo, en efecto, nacerá de la conjugación de os gametos masculinos y femeninos de los esposos y éstos serán así el padre y la madre efectivos y legales, con todas las consecuencias morales, sociales y jurídicas que ello entraña. La autoinseminación es sin duda lícita desde el punto de vista de la ética médica y, en nuestra opinión también de la moral y del derecho.
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