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Ley Aduanera

umartinez2 de Septiembre de 2013

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La palabra FACULTAD, proviene del Latín facultas, atis . Que significa Aptitud, potencia física o moral. Poder derecho para hacer algo.

A su vez la palabra APTITUD, proviene del Latín aptitudo. Que significa la capacidad para operar competentemente en una determinada actividad. Capacidad y disposición para el buen desempeño o ejercicio de un negocio, de una industria, de una arte, etc.

Fuente: Diccionario de LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Vigésima segunda edición.

Podemos decir que FACULTAD es la capacidad que tiene una persona física o moral para operar y realizar competente la actividad encomendada por mandato alguno.

PODER.- Tener expedita la facultad o potencia de hacer algo

(Del lat. *potēre, formado según potes, etc.).

EJECUTIVO.- Persona que forma parte de una comisión ejecutiva o que desempeña un cargo de alta dirección en una empresa. (Del lat. exsecūtus, part. pas. de exsĕqui, consumar, cumplir).

FEDERAL.- Federalista. Se dice del sistema de varios estados que, rigiéndose cada uno por leyes propias, están sujetos en ciertos casos y circunstancias a las decisiones de un Gobierno Central. (Del lat. foedus, -ĕris, pacto, alianza).

Fuente: Diccionario de LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Vigésima segunda edición.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917

Facultades Del Poder Legislativo

Artículo 50.

Facultades Del Poder Ejecutivo

Artículo 80.

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

I.

II.

III.

IV.

V.

VI.

VII.

VIII.

IX.

X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

XI.

XII.

XIII. Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación.

XIV.

XV.

XVI.

XVII.

XVIII.

XIX.

XX.

Facultades Del Poder Judicial

Artículo 94.

FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL Y DE LAS AUTORIDADES FISCALES.

LEY ADUANERA

ARTICULO 143. Además de las que le confieren otras leyes, son atribuciones del Poder Ejecutivo Federal en materia aduanera:

l. Establecer o suprimir aduanas fronterizas, interiores y de tráfico aéreo y marítimo, así

como designar su ubicación y funciones.

II. Suspender los servicios de las oficinas aduaneras por el tiempo que juzgue conveniente,

cuando así lo exija el interés de la nación.

III. Autorizar que el despacho de mercancías por las aduanas fronterizas nacionales, pueda

hacerse conjuntamente con las oficinas aduaneras de países vecinos.

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