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Ley De Las Estructuras


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2013  •  382 Palabras (2 Páginas)  •  252 Visitas

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Ley 45 de 1960

Se entenderá por contador público la persona natural que mediante la inscripción que acredita su competencia profesional queda facultada para dar fe pública de determinados actos así como para desempeñar ciertos cargos, Solo podrán ejercer la profesión de contador público las personas que hayan cumplido con los requisitos señalados en esta Ley y en las normas que la reglamenten. Habrá una sola clase de contadores públicos y podrán ser titulados o autorizados, según el caso. Para ser inscrito como contador público titulados se requiere: Haber obtenido el titulo correspondiente Para ser inscrito como contador público autorizado se requiere: Haber obtenido matrícula como contador público ante la Junta Central de Contadores, con arreglo a los decretos 2373 de 1956, 0025 de 1957 y 0099 de 1958, O poseer el título expedido por la Superintendencia de Sociedades Anónimas de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 58 de 1931. No podrá inscribirse como contador público la persona en que concurriere alguna de las siguientes causales de inhabilidad: Haber violado la reserva de los libros o de las informaciones comerciales de personas o entidades a cuyo servicio hubiere trabajado, Haber cometido falta grave contra la ética profesional Se necesitará la calidad de contador público en todos los casos en que las leyes lo exijan. Serán causales de suspensión de la inscripción de un contador público, hasta por un año, las siguientes debidamente comprobadas: 1) Haber ejecutado actos violatorios del código de ética profesional que dictará la Junta Central, cuando la gravedad de ellos no justifique la cancelación; 2) La enajenación mental, la embriaguez habitual u otro vicio o incapacidad grave que lo inhabilite temporalmente para el correcto ejercicio de la profesión; 3) Los demás previstos en las leyes.

Serán causales de cancelación de la inscripción de un contador público las siguientes debidamente comprobadas: 1) Haber violado la reserva comercial de los libros, papeles o informaciones que hubiere conocido en ejercicio de la profesión; 2) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos indicados en el numeral 3) del artículo 7° de esta Ley; 3) Haber ejercido actividades o funciones adscritas a los contadores públicos, durante el tiempo de suspensión de la inscripción; 4) Haber fundado la solicitud de inscripción en documentos que posteriormente fueren encontrados inexactos, falsos o adulterados; 5) Haber ejecutado actos que violaren gravemente la ética profesional señalados en el código de la materia.

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