Medicina preventiva ¿QUIÉN ES RESPONSABLE DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES?
Sara ReyesInforme31 de Marzo de 2017
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¿QUIÉN ES RESPONSABLE DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES?
PRESENTADO POR:
CRUZ ROBAYO NELSY PAOLA
OYOLA POSADA ESTHER
REYES SOSA SARA YAMILIANA
UNIVERSIDAD DEL TOLIMA- IDEAD
SALUD OCUPACIONAL
CURSO DE RIESGOS PROFESIONALES
IBAGUE – 2016
¿QUIÉN ES RESPONSABLE DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES?
PRESENTADO POR:
CRUZ ROBAYO NELSY PAOLA
OYOLA POSADA ESTHER
REYES SOSA SARA YAMILIANA
PRESENTADO A:
ARDILA RINCÓN OSCAR ARMANDO
UNIVERSIDAD DEL TOLIMA- IDEAD
SALUD OCUPACIONAL
CURSO DE RIESGOS PROFESIONALES
IBAGUE – 2016
OBJETIVOS
En este trabajo se pretende recopilar la información disponible actualmente sobre las normas en el país de seguridad y salud en el trabajo, para realizar a partir de ellas, un análisis y diagnóstico de la situación en las empresas y dar claridad a cada uno de los riesgos a los que pueden estar expuestos los trabajadores y las empresas al incumplir las normas legales o técnicas del país.
PREGUNTAS GENERADORAS
- ¿En que se sustentan los conceptos de responsabilidad oficial y particular?
La responsabilidad oficial se sustenta con las leyes y normas que tiene el país bajo la dirección del ministerio de trabajo, de seguridad social y de salud los cuales tienen la obligación de exigir y hacer cumplir a todas las empresas públicas y privadas a implementar un programa de salud ocupacional en los lugares de trabajo.
La responsabilidad particular se sustenta en la obligación que tienen las empresas públicas y privadas a implementar un programa de salud ocupacional teniendo en cuenta los diferentes factores de riesgos presentes en los lugares de trabajo y que pueden afectar la salud de los trabajadores.
Con base al decreto 614 de 1984.
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país.
- ¿Cuáles son las diferencias y relaciones entre los tipos de responsabilidad frente a la protección de los riesgos en el trabajo?
La relación es la obligación que tienen de cumplimiento, ambos están dirigidos a beneficio de los trabajadores. Se basan en las normas y leyes vigentes. Promover el estado de la salud de los trabajadores.
Aplican programas de salud ocupacional.
La diferencia es que las responsabilidades son sanciones los empleadores y ARL por omitir las obligaciones en la seguridad y salud de los trabajadores.
Y la protección de los riesgos en el trabajo son las medidas que se toman para que no sucedan AT o EL y así evitar algún tipo de responsabilidad.
Tienen diferentes metodologías de aplicación al incumplimiento de las normas.
- ¿Por qué es importante velar por el cumplimiento de funciones y responsabilidades de las Administradoras de riesgos laborales?
Es importante velar por el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades de proteger a sus empleados mediante su afiliación al sistema de riesgos laborales por medio de administradoras de riesgos laborales puesto que su procedimiento están destinados a prevenir , proteger, y atender a los trabajadores no solo porque es una obligación legal, sino también porque la afiliación garantizara que el trabajador no quede desamparado frente a una situación de origen laboral que ponga en riesgo la salud o su vida, Todo esto se hace con la promoción y prevención de los riesgos generados en la actividad laboral por elementos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales y el saneamiento y la seguridad, así reconocer y pagar al trabajador las prestaciones económicas por incapacidades generadas por la enfermedad o accidente de trabajo
- ¿Cuáles son los aportes significativos del decreto 614 de 1984 a la Salud Ocupacional?
Los aportes significativos que hace el decreto 614 de 1984 a la salud ocupacional son: determinar las bases para la organización y administración de salud ocupacional en el país, preferir por el mejoramiento de las condiciones de vida y salud de la población trabajadora. Aplica a todo lugar y clase de trabajo sea de empresa pública o privada. Los programas de salud ocupacional que deben establecerse en todo lugar de trabajo, se sujetaran a su organización y funcionamiento.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
La responsabilidad administrativa, surge por el incumplimiento o violación de normas legales en materia de Riesgos Laborales, de Seguridad y Salud en el Trabajo. Es ejercida por entidades como el Ministerio del Trabajo, la Superintendencia Financiera y la Superintendencia Nacional de Salud, que tienen la función de vigilancia y control del Sistema General de Riesgos Laborales.
La Ley 1562 de 2012, modificó el Art. 91 del Decreto 1295 de 1994, estipulando lo siguiente: «En caso de accidente que ocasione la muerte del trabajador donde se demuestre el incumplimiento de las normas de salud ocupacional, el Ministerio de Trabajo impondrá multa no inferior a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a mil (1 000) salarios mínimos legales mensuales vigentes destinados al Fondo de Riesgos Laborales.»
Características:
- Surge de la función legal de vigilancia y control en Salud Ocupacional.
- Multas al empleador de hasta 200 SMLMV y para las ARP de hasta 500 SMLMV
- La sanción o multa es a favor del Fondo de Riesgos Profesionales.
- Si la multa no es cancelada se realiza cobro coactivo adelantado por parte del Ministerio de la Protección Social.
La vigilancia y el control en S.O. y el SGRP, son ejercidos por entidades como el Ministerio de la Protección Social, Superintendencia Bancaria y Superintendencia Nacional de Salud.
El empleador responde con multas o cierre de la Empresa por incumplimiento de las normas ante las autoridades administrativas.
RESPONSAVILIDAD CIVIL
Es la obligación de responder económicamente por los daños causados a terceros. En la relación laboral contractual, la obligación del empleador para indemnizar al trabajador, surge por la negligencia en el cuidado y protección del mismo, deberá pagar los perjuicios causados en el accidente de trabajo o enfermedad laboral, conforme al artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo para el sector privado y al Artículo 86 del Código Contencioso Administrativo para el sector público.
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