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Monotributo: ¿quiénes y cuánto deben pagar?


Enviado por   •  22 de Julio de 2021  •  Síntesis  •  394 Palabras (2 Páginas)  •  37 Visitas

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Corporación Universitaria Minuto de Dios [pic 1]

MONOTRIBUTO:

Monotributo: ¿quiénes y cuánto deben pagar?

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Se trata de un instrumento para formalizar gran parte de pequeños comerciantes del país obligados a declarar renta e implicar sus obligaciones tributarias.

Las alternativas que Brinda del gobierno para realizar el pago de impuestos está siendo más fácil para las empresas PYMES como lo quiere dar a conocer el ministro de hacienda a través del monotributo. Las ventajas del monotributo son significativas entre ellas es que permite aumentar el ingreso de clientes al portafolio ya que no hace cobro de retención en la fuente al realizar pagos electrónicos

En primera instancia, el monotributo es una alternativa para simplificar el pago de impuestos que actualmente ya se pagan. Según el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, aplica para personas naturales que hoy ya declaran, pero con este instrumento, se reemplaza este impuesto.

Las categorías están distribuidas de la siguiente manera

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La categoria A (aquellos que venden entre 41,6 millones y 62,4 millones de pesos al año), pagarán un aporte mensual de 40.000 pesos.[pic 5][pic 6]

Para los comerciantes de categoria B (aquellos que venden entre 62,4 millones y 83,3 millones de pesos al año), su aporte mensual es de 60.000 pesos.[pic 7][pic 8]

Para la tarifa máxima (categoría C), un comerciante que gane entre 83,3 millones y 104,1 millones de pesos al año, pagará 960.000 pesos anuales (80.000 pesos mensuales), con acceso a ARL y ahorro a la vejez.

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La Ley 1819 de 2016 (reforma tributaria), estableció nuevas disposiciones para la asignación de beneficios tributarios en ciencia, tecnología e innovación (CTI)

Con la misma, las personas que inviertan  en proyectos calificados por el consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología en Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del valor invertido en dichos proyectos en el período gravable en que se realizó la inversión

        

Robinson Andrés Murcia

Yurany Romero

ÁREA: TRIBUTARIA                Víctor Palacio

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