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Pasos Del Metodo Cientifico


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  2.347 Palabras (10 Páginas)  •  354 Visitas

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La transición de la sociedad feudal a la capitalista supuso un cúmulo importante de modificaciones. Las primeras formas de conocimiento criminológico datan de aquella época. Se identifican con conquistas de la clase burguesa en el momento en que ésta estaba asumiendo el papel de clase política dominante. En la elaboración de este “nuevo orden” se requieren mecanismos que permitan la legitimación y el control social. La producción criminológica del liberalismo clásico data de las obras de Hobbes y atraviesa en forma transversal los siglos XVII y XVIII.

En el marco de la afirmación de la libertad civil, a la vez que por medio del contrato social se pretende limitar el poder del rey soberano se requieren mecanismos para garantizar el orden social. El desarrollo del Libre Mercado determina una minoría de los medios de producción frente a una mayoría de no propietarios (proletarios).

La criminología y la reflexión político jurídica deberá dar cuenta de esta realidad. Surgen nuevos problemas en torno a la necesidad de contener a esta clase proletaria cada vez mayor. Se busca crear mecanismos de control de demandas y de diciplinamiento para que no sean potenciales focos de desestabilización política y económica. Existen dos frentes para afrontar las demandas referidas. El primer aspecto es el de la reforma penal y procesal. La legislación del poder punitivo encuentra legitimación en el contrato social. Siendo el príncipe el único titular del poder represivo el principio de legalidad en materia penal es obligación correlativa por parte del soberano. Sólo él podrá determinar, discrecionalmente, qué es lícito y qué no. La ley es la voluntad del soberano y los ciudadanos deben acatarla. La ley penal –codificada ya en forma formal- es rigurosa en tanto traduce en forma inequívoca las facultades delegadas a quien detenta el poder. Existen ciertas pautas generales en materia de penas y castigos, a saber: la pena de muerte no será admitida, pues la vida será asumida como el bien supremo y la entidad de la pena siempre deberá ser medida en función del la gravedad y entidad del ilícito cometido. El segundo aspecto tiene que ver con el anterior y es una condición para que el mismo se cumpla. Para que se logre la efectividad de la reforma penal y procesal se precisará que la clase proletaria acepte las reglas.

Para ello, el ejército industrial de reserva y la acumulación de riquezas por parte de la clase obrera serán necesarios junto a una política criminal férrea de disciplinamiento de población a través de una variada organización de beneficencia pública, por un lado y a través de un internamiento institucional, por otro. La penitenciaría será una expresión de este proceso en el siglo XVIII.

La ética utilitarista del capitalismo es la variable que explica las nuevas formas de legitimación del poder vía políticas criminológicas. Se busca disciplinar las relaciones sociales de propiedad y recompensar por acciones útiles y provechosas, castigando, a fortiori, por las dañosas e inútiles. Sólo la ley penal- como expresión de la voluntad única represiva del príncipe- puede distinguir la licitud de la ilicitud y sancionar en consecuencia.

El proletario es estigmatizado, es el enemigo de la clase burguesa. El saber criminológico nace de la acción de integración segregadora del criminal. La penitenciaria cumplirá un rol fundamental en tal sentido. Esta institución data de los siglos XVIII y XIX. Es la gran invención capitalista. Dice Massimo al respecto: “Sólo cuando todas las formas de riqueza social fueron reconocidas al común denominador de trabajo humano asalariado, fue concebida una pena que privase al culpable de un quantum de libertad, es decir, de un quantum de trabajo salariado”. La invención penitenciaria es una inversión de la práctica de control social: de una política criminal aniquiladora del criminal a una reintegradora. En la penitenciaria se desarrolla una lógica de individualización del infractor de la norma penal (que antes era considerado en forma abstracta). Se lo identifica, inspecciona y vigila.

El objeto de la criminología, en sus orígenes se focaliza en el desviado institucionalizado. El saber se fundará en un equívoco, que es la equiparación de delincuente y encarcelado. La criminología se expande en la cárcel, pues es la arquitectura del encierro la que posibilita la observación y el análisis del criminal. Éste será identificado con un desviado, un anormal, un enemigo (de clase). La criminología es también una ciencia de transformación. En tal sentido, la psiquiatría será una herramienta auxiliar y complementaria básica en el seno de la “penitenciaría –hospital”.

La criminología será consecuente con las exigencias de racionalización positivistas que requerían justificar científicamente las desigualdades sociales como una necesaria “diversidad natural”. Las características comunes del enfoque positivista de la criminología se asociaban con las conquistas del método científico de observación, instrumentalización y experimentación de las ciencias Naturales.

La sociedad fue concebida como un organismo, una realidad natural. El paradigma determinista y la ley de causalidad rigurosa explicaban el comportamiento delictivo desde un fundamento científico naturalista. El corolario fue la clasificación del criminal, sometido a un proceso de análisis y cosificación. La sociedad en forma reduccionista, fue concebida como históricamente determinada y el criminal “patologizado” en términos de evolucionismo social. De acuerdo con este esquema determinista, las condiciones socioambientales fueron tan sólo consideradas con-causas del delito. El enfoque socio/criminológico se nutrió de la estadística y el relevamiento cuantitativo para legitimar su discurso fundamentado en un saber “etiológico”, de corte empírico e inductivo. El concepto de Defensa Social fue un correlato de la criminología. La pretensión subyacente era justificar y racionalizar el sistema de control social en términos generales. La política criminal era la reacción necesaria y legítima de la sociedad contra las desviaciones del criminal, que es irracional en su obrar, socialmente peligroso (inadaptado/anormal) y que entonces debe ser castigado.-

Las primeras formas de conocimiento criminológico se desarrollan en el tiempo en que la clase burguesa conquista el poder político asumiendo el papel de clase dominante. Este nuevo conocimiento en sus orígenes se desarrolla esencialmente como “teoría política”, como discurso acerca del buen gobierno, se presta atención también a las nuevas formas de desobediencia, del disenso, de la no integración y por lo tanto también

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