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Salud Ocupacional


Enviado por   •  4 de Marzo de 2013  •  542 Palabras (3 Páginas)  •  275 Visitas

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1. QUE REQUISITOS SE NECESITAN CUMPLIR PARA QUE SE RECONOZCA UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL. SUSTENTE SU RESPUESTA CON MARCO LEGAL.

Definición de enfermedad profesional:

ENFERMEDAD PROFESIONAL: Es el daño a la salud que se adquiere por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el Gobierno Nacional.

La Legislación en riesgos profesionales es la siguiente:

Leyes, decretos, Resoluciones y responsabilidad laboral – civil - penal - administrativa

Normatividad a tener en cuenta

Sistema general de seguridad social integral en Colombia (ley 100 de 1993). a través del artículo 208, delegó a las EPS la responsabilidad de organizar la prestación de los servicios de salud derivados de enfermedad profesional y accidente de trabajo.

Sistema general de riesgos profesionales (decreto 1295 de 1994). Es una enfermedad profesional, siguen el decreto 1295 de 1994 capítulo II riesgos profesionales, articulo 11, dice: se considera enfermedad profesional todo estado patológico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el Gobierno Nacional.( legislación anterior), articulo declarado inexequible por la corte constitucional mediante sentencia c1155-08 26 de noviembre de 2008 Magistrado Ponente Dr. Jaime Araujo Renteria.

'En esencia y de acuerdo con lo que ha señalado la jurisprudencia, las facultades otorgadas por el citado numeral 11, desde el punto de vista de su contenido material, estaban dirigidas de una parte, a dictar las normas necesarias para crear, establecer, modificar, reformar, rehacer o poner en orden, el conjunto de organismos creados, los recursos y bienes destinados a la función de administrar el Sistema de Riesgos Profesionales, dosificando su uso para obtener un mayor rendimiento y optimización de este Sistema. De otra, las facultades fueron otorgadas al Presidente de la República por el legislador para “organizar la administración del Sistema General de Riesgos Profesionales” y no “para organizar el Sistema General de Riesgos Profesionales”. De este modo, es el término administración el que en definitiva precisa el contenido y límite material de la norma habilitante.'

'Ahora bien, debido a que se declarará la inexequibilidad del artículo 11 del Decreto Ley 1295 de 1994, la Corte deja establecido que de acuerdo con su línea jurisprudencial, debe revivir el ordenamiento jurídico anterior con sus modificaciones, esto es en relación al concepto

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