Taller De Salarios
silfre939 de Mayo de 2014
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Taller # 2 salarios
1) Los siguientes elementos constituyen salario:
A.- Propinas
B.-Auxilio de transporte
C.-Gastos de representación
D.-Comisiones y Primas habituales
F.-Vacaciones y Auxilio de Transporte
2) Constituyen salario en especie los siguientes pagos:
A. Comisiones y Propinas
B. Transporte y comisiones
C. Vestuario y alimentación
D. Propinas
E. Habitación
F.-Alojamiento suministrado por el empleador
3) El porcentaje que se puede pactar como salario en especie, cuando se devenga el salario mínimo:
A.-Hasta el 50%
B.- Hasta el 40%
C.-Hasta el 30%
D.-Hasta el 25%
E.-Hasta el 35%
F.- Ninguna de las anteriores
4) En qué proporción es embargable el salario de un trabajador por obligaciones alimenticias:
A.- En una quinta parte
B.-En una sexta parte
C.-Hasta un 50%
D.-En una cuarta parte
E.-Hasta un 40%
F.- 10%
5) elabore un cuadro comparativo entre los descuentos prohibidos y los descuentos permitidos del salario del trabajador.
Cuadro comparativo descuentos prohibidos y los descuentos permitidos del salario del trabajador.
descuentos prohibidos descuentos permitidos
Uso o arrendamiento de locales, herramientas o útiles de trabajo. Retenciones por concepto de cuotas sindicales, cooperativas y cajas de ahorros, cuotas para la seguridad social y pago de sanciones disciplinarias impuestas conforme al reglamento.
Deudas del trabajador con el empleador, sus socios, sus parientes o sus representantes
Avances o anticipos del salario.
Entrega de mercancías, provisión de alimentos y precio del alojamiento.
6) ¿La dotación de uniforme para un trabajador se podrá entregar en su totalidad en dinero? Fundamente su respuesta
Solo se puede entregar en dinero únicamente cuando allá culminado el contrato y no se allá realizado la entrega de dotaciones.
7) ¿Qué diferencia encuentra usted entre régimen de liquidación tradicional de cesantías y el régimen especial de liquidación anual contemplado en la Ley 50/1990?
Diferencias.
El sistema tradicional. El sistema de liquidación anual y definitiva con destino a los fondos de cesantías
Este sistema cobija empleados antiguos con contratos de trabajo antes del 1 de enero de 1991. Se caracteriza por liquidar las cesantías al empleado cada vez que culmine su contrato de trabajo retribuyéndole la cantidad de dinero que haiga remunerado un mes de salario por cada año.
Aplica obligatoriamente a trabajadores nuevos vinculados por contrato de trabajo a partir del 1 de enero de 1991 y (antiguos que quieran vincularse) .Se caracteriza por liquidar cesantías anualmente en el periodo de tiempo que se haiga estipulado el contrato; cuyas cesantías tienen como destino primario los fondos de cesantías.
8) Liquide prestaciones sociales de un trabajador que ingreso a una empresa el día 30 de febrero del 2005 y renuncio 15 de Septiembre del 2006, con contrato de trabajo a término fijo superior a 1 año, Ultimo salario mensual $ 1.230.000. El empleador nunca le ha cancelado ninguna prestación social.
Día meses años
Fr: 15 09 2006
Fi: 30 02 2005
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