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Trabajo autónomo; Escalas


Enviado por   •  14 de Abril de 2021  •  Apuntes  •  368 Palabras (2 Páginas)  •  44 Visitas

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Para iniciar, son una agrupación de mandatos legales que controlan la organización, funciones, y en su defecto mantenimiento de las instituciones armadas, para el cumplido de sus fines en orden a la defensa y servicio de la patria.

A continuación, el sistema de justicia militar estará compuesto por el circuito judicial penal, el ministerio público militar, la defensoría pública militar, y los órganos auxiliares y de investigación. Según dice el artículo 27 del código orgánico de justicia militar, los tribunales militares son: la corte suprema de Justicia, la corte marcial, los consejos de guerra permanentes, los consejos de guerra accidentales, los jueces militares de primera instancia permanentes.

Sin embargo, se crea un código propio de justicia militar, con motivo de adaptarsele adicionalmente el código orgánico procesal penal, lo posterior: la jurisdicción penal militar será ejercida por la organización creada con este código y bajo la siguiente manera: el oficio de los tribunales de control serán ejecutadas por los juzgados militares permanentes de primera instancia. Estos deben ser militares en servicio activo o abogados con asimilación militar y tener grado por lo menos de capitán o teniente de navío, duran en sus ejecuciones durante todo el periodo constitucional y son seleccionados por los respectivos consejos de guerra permanentes de una lista de tres oficiales y de tres abogados que para cada juzgado presentará el ministro de la defensa.

En segundo lugar, el trabajo de los tribunales de juicio y de ejecución de sentencia por los consejos de guerra permanentes, en todos los delitos. Están conformados por tres vocales : dos serán oficiales de grado no inferior al de mayor y de ser posible, uno de estos, oficial de la armada. El tercer vocal podrá ser abogado con asimilación militar u oficial de grado no inferior al de mayor y de ser posible, uno de estos, oficial de la armada. El tercer vocal podrá ser abogado con asimilación militar u oficial de grado no inferior al de mayor. El presidente del tribunal será el vocal de mayor grado, o más antiguo en caso de igualdad. Los componentes de los consejos de guerra permanentes en sus funciones durarán por toda la etapa constitucional y para su elección el ministro de la defensa.

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