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Artículo de opinión Presunción de inocencia bajo fuego

AJ AJApuntes23 de Mayo de 2025

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Artículo de Opinión

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA BAJO FUEGO

En mayo de 2025, el caso del taxista tacneño Edgar Chipana evidenció la fragilidad de nuestras garantías procesales frente a la vorágine mediática; la acusación de secuestro se propagó por redes y pantallas antes de que la Fiscalía contara con indicios suficientes; al cabo de pocos días, se demostró que la joven Janeth Gómez había abordado voluntariamente un bus rumbo a Lima, esto exonerando al señor Chipana. Sin embargo, el daño a su honra persiste.

¿Por qué permitimos que el clamor popular dicte sentencias anticipadas? la respuesta yace en una cultura de inmediatez que desplaza al rigor jurídico; cuando un medio titula “presunto secuestrador” sin esperar la conclusión de la pesquisa, olvida que nuestra Constitución en el Articulo 2, inciso 24.e y el Código Procesal Penal, donde imponen tratar a toda persona como inocente hasta sentencia firme. Al filtrarse a la prensa supuestas “dudas” del investigado, se vulnera también el debido proceso (Artículo 139 inciso 3 de la Carta magna)

La difamación no es un simple tropiezo comunicacional, es un agravante que puede acarrear responsabilidad penal tipificado en los artículos 132-134 del código penal y reparaciones civiles; asimismo, consideró que los medios deben reforzar sus protocolos de verificación y evitar transmitir juicios de valor; en un estado de Derecho, la justicia no puede plegarse al rumor ni ceder ante la corriente de la opinión pública; defender la presunción de inocencia no es un favor a los acusados, sino un compromiso con la equidad y la dignidad de todos; no podemos permitir que titulares de la prensa sustituyan sentencias judiciales, ni que las redes sociales suplanten el rol del sistema penal.

El respeto al debido proceso y a las garantías constitucionales es lo que diferencia a un Estado de Derecho, teniendo en cuenta que nadie es culpable hasta que se demuestre ante un juez; ceder ante la presión social es retroceder hacia una justicia primitiva basada en la sospecha y el prejuicio; entonces, si permitimos que la opinión pública dicte culpabilidades, entonces vulneramos no solo los derechos del acusado, sino también la legitimidad de todo el sistema judicial; la presunción de inocencia no puede ser una formalidad ignorada ante cada escándalo mediático

Aymar Marklin ANAHUA LAYME                                                           Fecha de elaboración: 23/05/2025

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