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Juicio de Amparo y Recursos

Massimo Decimo meridioDocumentos de Investigación24 de Febrero de 2025

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Juicio de Amparo y Recursos

1. ¿Qué es el juicio de amparo?

  • Definición: Es un medio de control constitucional que protege los derechos humanos y las garantías individuales reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales.
  • Objetivo: Garantizar que los actos de autoridad (leyes, reglamentos, decisiones, etc.) no violen los derechos fundamentales de las personas.
  • Características principales:
  • Es un juicio autónomo: No depende de otros procesos judiciales.
  • Tiene un ámbito de protección amplio: Cubre cualquier derecho humano o garantía individual.
  • Es de naturaleza constitucional: Su fundamento está en la Constitución y en la Ley de Amparo.

2. Fundamentos constitucionales y legales

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
  • Artículo 103: Establece que los tribunales federales conocerán de los juicios de amparo.
  • Artículo 107: Regula las bases del procedimiento de amparo.
  • Ley de Amparo: Es la norma que desarrolla y detalla el procedimiento del juicio de amparo.

3. Partes en el juicio de amparo

  1. Quejoso: La persona física o moral que promueve el juicio de amparo porque considera que se han violado sus derechos.
  2. Autoridad responsable: El órgano del Estado (federal, estatal o municipal) que emitió el acto reclamado.
  3. Tercero interesado: La persona que tiene un interés jurídico en el acto reclamado (por ejemplo, un beneficiario de una decisión administrativa).
  4. Ministerio Público: Interviene en casos que involucren el interés social o el orden público.

4. Tipos de juicio de amparo

  1. Amparo directo:
  • Se interpone contra sentencias definitivas o resoluciones que ponen fin a un juicio.
  • Se promueve ante los tribunales colegiados de circuito.
  1. Amparo indirecto:
  • Se interpone contra actos de autoridad que no son sentencias definitivas (por ejemplo, órdenes, detenciones, multas).
  • Se promueve ante los jueces de distrito.

5. Recursos en el juicio de amparo

Los recursos son mecanismos para impugnar decisiones o actuaciones durante el juicio de amparo. Los principales son:

A. Recurso de revisión

  • ¿Qué es?: Es el recurso más común y se interpone para impugnar una sentencia definitiva o una resolución que pone fin al juicio de amparo.
  • ¿Cuándo procede?:
  • Contra sentencias de jueces de distrito (amparo indirecto) o tribunales unitarios (amparo directo).
  • Cuando se considera que la sentencia o resolución viola derechos humanos o garantías individuales.
  • ¿Ante quién se presenta?: Tribunal colegiado de circuito o Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
  • Plazo: 15 días hábiles.
  • Fundamento legal: Artículos 83 al 94 de la Ley de Amparo.

B. Recurso de queja

  • ¿Qué es?: Es un recurso que se interpone cuando el juez de distrito o el tribunal colegiado de circuito comete alguna irregularidad durante el procedimiento de amparo.
  • ¿Cuándo procede?:
  • Cuando el juez o tribunal viola las formalidades esenciales del procedimiento (por ejemplo, no admite una demanda sin justificación o niega pruebas sin fundamento).
  • Cuando se considera que el juez o tribunal actuó con parcialidad o arbitrariedad.
  • ¿Ante quién se presenta?: Tribunal colegiado de circuito.
  • Plazo: 5 días hábiles.
  • Fundamento legal: Artículos 95 al 101 de la Ley de Amparo.

C. Recurso de reclamación

  • ¿Qué es?: Es un recurso que se interpone contra las resoluciones del presidente del tribunal colegiado de circuito o del ministro de la SCJN en materia de suspensión provisional o definitiva en el juicio de amparo.
  • ¿Cuándo procede?:
  • Cuando se considera que la resolución sobre la suspensión (provisional o definitiva) es incorrecta o viola derechos.
  • Por ejemplo, si se niega injustificadamente la suspensión de un acto de autoridad que causa un daño irreparable.
  • ¿Ante quién se presenta?: Tribunal colegiado de circuito o SCJN.
  • Plazo: 3 días hábiles.
  • Fundamento legal: Artículos 129 al 134 de la Ley de Amparo.

D. Recurso de inconformidad

  • ¿Qué es?: Es un recurso que se interpone contra las resoluciones del Secretario de Acuerdos o del actuario en el juicio de amparo, cuando se considera que han violado derechos procesales.
  • ¿Cuándo procede?:
  • Cuando el Secretario de Acuerdos o el actuario cometen errores en el trámite del juicio de amparo (por ejemplo, no admiten una demanda o no notifican correctamente).
  • Cuando se violan formalidades esenciales del procedimiento.
  • ¿Ante quién se presenta?: Juez de distrito o tribunal colegiado de circuito.
  • Plazo: 3 días hábiles.
  • Fundamento legal: Artículos 46 y 47 de la Ley de Amparo.

6. Principios del juicio de amparo

  1. Instancia de parte: El juicio de amparo solo puede iniciarse a petición del afectado (quejoso).
  2. Relatividad de las sentencias: Las sentencias de amparo solo benefician al quejoso (principio de relatividad o fórmula Otero).
  3. Definitividad: El juicio de amparo solo procede contra actos definitivos, salvo excepciones.
  4. Estricto derecho: El juez de amparo debe resolver conforme a lo que el quejoso haya alegado y probado.

7. Ejemplos prácticos

  1. Recurso de revisión: Si un juez de distrito niega un amparo y consideras que violó tus derechos, interpones un recurso de revisión.
  2. Recurso de queja: Si el juez no admite tu demanda sin justificación, interpones un recurso de queja.
  3. Recurso de reclamación: Si el presidente del tribunal niega la suspensión de un acto que te causa daño, interpones un recurso de reclamación.
  4. Recurso de inconformidad: Si el Secretario de Acuerdos no admite tu demanda por un error formal, interpones un recurso de inconformidad.

8. Importancia del juicio de amparo

  • Es una herramienta fundamental para garantizar el Estado de derecho en México.
  • Permite a los ciudadanos defenderse de abusos de autoridad o leyes que violen sus derechos.
  • Contribuye a la protección y promoción de los derechos humanos.

Suspensión en el juicio de amparo y sus variantes

¿Qué es la suspensión en el juicio de amparo?

La suspensión en el juicio de amparo es una medida cautelar que tiene como objetivo evitar que el acto reclamado cause daños irreparables al quejoso mientras se resuelve el fondo del juicio. Su finalidad es garantizar el goce de los derechos fundamentales y evitar perjuicios mayores.

Sustento jurídico:

  • Artículo 107, fracción X de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • Artículos 125 a 147 de la Ley de Amparo.

Tipos de suspensión

  1. Suspensión provisional:
  • Se concede de forma inmediata al momento de solicitarla.
  • Protege al quejoso hasta que se analice si procede la suspensión definitiva.
  • Tiene un carácter temporal y su duración está limitada al periodo necesario para determinar si procede o no la suspensión definitiva.

Sustento jurídico:

  • Artículo 128 de la Ley de Amparo.
  1. Suspensión definitiva:
  • Se concede tras un análisis más profundo por parte del juez de amparo.
  • Puede durar durante todo el juicio de amparo, hasta que se dicte sentencia definitiva.
  • Busca evitar daños irreparables mientras se resuelve el juicio, pero no implica un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

Sustento jurídico:

  • Artículos 129 y 130 de la Ley de Amparo.

  1. Suspensión con efectos restitutorios anticipados:
  • Busca restituir al quejoso en el goce de sus derechos antes de que se resuelva el juicio.
  • Requiere que el acto reclamado sea reversible en caso de que el amparo sea negado (es decir, que pueda retrotraerse sin generar perjuicios irreparables).

Sustento jurídico:

  • Tesis aislada: "Suspensión en el juicio de amparo. Condiciones para concederla con efectos restitutorios". Publicada en el Semanario Judicial de la Federación.
  • Artículo 131 de la Ley de Amparo.

Requisito clave: Retrotracción del acto reclamado

  • La retrotracción implica que, si el juicio de amparo es resuelto en contra del quejoso (amparo negado), el acto reclamado pueda ejecutarse o restablecerse sin afectar derechos fundamentales ni causar perjuicios irreversibles.
  • Si el acto reclamado genera consecuencias irreversibles o imposibles de deshacer, no puede concederse esta suspensión.

Sustento jurídico:

  • Artículos 130 y 138 de la Ley de Amparo.

Ejemplo 1: Expulsión de un estudiante

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