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Contrato De Permuta


Enviado por   •  15 de Julio de 2015  •  544 Palabras (3 Páginas)  •  148 Visitas

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CONTRATO DE PERMUTA

Entre los suscritos por una parte DORA ELIZABETH GONZÁLEZ DE FRANCO identificada con cédula de ciudadanía número 20.858.722 de Quipile Cundinamarca y PEDRONEL FRANCO GAVIRIA identificado con cédula de ciudadanía número 19.356.198 de Bogotá; quienes en adelante y para efectos del presente contrato se llamaran permutantes “uno”, y de otra parte SANDRA YULIIETH PINO GONZALEZ identificada con cédula de ciudadanía número 49.661.261 de Aguachica Cesar de Estado Civil unión marital de hecho y quien para efectos del presente contrato se denominara permutante “dos”, hemos celebrado el presente contrato de permuta el cual se rige por las siguientes clausulas: PRIMERA: los permutantes “uno” ceden a título de permuta real y efectiva es a saber, los derechos de posesión y mejoras que ejercen sobre un lote de terreno junto con su casa de habitación en él construida, ubicado en la ciudad de Villavicencio Meta, vereda Apiay, condominio Brisa De Apiay, manzana 3, parcela 4, el cual consta de un área de terreno de 240 m2. SEGUNDA: LA PERMUTANTE “dos”, da en permuta real y efectiva a los permutantes “uno”, es a saber, los derechos de posesión y mejoras sobre un lote de terreno en esta misma manzana, parcela 8, el cual consta de un área de 200 m2, con sus respectivas cercas de alambre, así como también una casa ubicada en Villavicencio Meta, urbanización San Jorge, cuarta etapa, manzana I casa 19, distinguida con la nomenclatura Calle 19 B sur N 36 -10, cuyo lindero y especificaciones se encuentran descritos en escritura pública Número 2464 del 2 de julio del 2013, corrida en la notaria tercera del circulo notarial de la ciudad de Villavicencio. TERCERA: La entrega de los bienes descritos en el presente contrato la permutante “dos” hace entrega a los permutantes “uno” del lote número ocho antes mencionado y las casas serán entregadas mutuamente el día 10 de diciembre del 2014. CUARTA: La firma de las respectivas escrituras que son protocolizadas, las de los referidos lotes parcela cuatro y parcela 8 del condómino Brisas de Apiay y la escritura pública de la casa de la urbanización San Jorge etapa IV manzana I, casa 19, antes descrita en este documento, se realizaran en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de la fecha de la firma del presente contrato. QUINTA: Como clausula penal las partes permutantes y en común acuerdo fijan la suma de 8.000.000 OCHO MILLONES DE PESOS moneda corriente), suma que pagará la parte que incumpliere lo pactado en el presente contrato de permuta a la parte cumplidora. SEXTA: OBLIGACIONES DE LOS PERMUTANTES: los permutantes “uno” “dos” se obligan a entregar los bienes determinados, gravámenes tales como, impuestos, administración, censos, servicios públicos, domiciliarios, anticreces, reservas de domino o cualquier otra limitación al dominio como pleito pendiente y declarada que

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