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“INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE VINCULANTE (SENTENCIA PLENARIA N° 1-2005/DJ-301-A), EN EL EXPEDIENTE JUDICIAL N°00362-2012-0-1508-JM-PE-02; RESPECTO A LA CALIFICACIÓN JURIDICA DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO”.


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2016  •  Tareas  •  18.863 Palabras (76 Páginas)  •  529 Visitas

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UNIVERSIDAD CONTINENTAL DE CIENCIAS E INGENIERIA

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Escuela de Post Grado

Maestría en Derecho Penal y Procesal Penal

PROYECTO DE INVESTIGACION APLICADA

Plan de Programa de Investigación Aplicada.

“INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE VINCULANTE (SENTENCIA PLENARIA N° 1-2005/DJ-301-A), EN EL EXPEDIENTE JUDICIAL N°00362-2012-0-1508-JM-PE-02; RESPECTO A  LA CALIFICACIÓN JURIDICA DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO”

Conformado por:

  • Erika Magali Ccancce Caso

  • Maribel Ricaldi Palomino

Huancayo-2016

I. CAPITULO I: GENERALIDADES        

  1. Antecedentes Generales del caso:

Exp.Nro.                : 00362-2012-0-1508-JM – PE - 02

Distrito  judicial        : Junín   - Satipo

Instancia                : Juzgado   Mixto  Transitorio  de Satipo.

Sec. Juzgado        : Marlo Robledo Córdova

Especialidad        : penal

Proceso                : ordinario

Fiscalía Provincial        : Segunda Fiscalía Provincial  Mixta – Satipo

Segunda Instancia: Primera Sala Mixta Descentralizada La Merced – Chanchamayo (EXP. N° 00069-2013-0-1505-SP-PE-01).

1.1.1 Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Satipo:

Con Acta de intervención policial, de fojas 01 a 08, se informa respecto al suceso ocurrido el 13 de mayo 2012 en el poblado de San Pedro del distrito de Coviriali, provincia de Satipo, que tuvo a lugar la intervención de  JAVIER MARTIN GAGO MANTARI (23), siendo aprox., las 03:00 horas en el paraje denominado la Cuchillada (Pampa Hermosa – Satipo); atribuyéndosele su cometido ilícito contra el patrimonio en la figura delictiva de  Robo de una motocicleta lineal WANSIN 125 color rojo de placa W5-5829, además de mil trescientos ns., resultando agraviado JUVER JURIEL CAMPOS ALIAGA investigación preliminar contenida en el atestado N° 070 –12- DIREOP-FP-VRAE / DIVIPOL- SAT- CPNP.S- SEINCRI.

1.1.2 Juzgado Mixto Transitorio de Satipo:

Actuado las diligencias dispuestas en el auto apertura de instrucción, el Juez del Juzgado Mixto Transitorio de Satipo concluye emitiendo el informe final y eleva el expediente a la Primera Sala Mixta Descentralizada La Merced – Chanchamayo.

1.1.3 Primera Sala Mixta Descentralizada La Merced – Chanchamayo:

Expide sentencia N° 066-2013 con fecha 27 de agosto del 2013 en la resolución N° 19 que FALLA:  Condenando al acusado JAVIER MARTIN GAGO MANTARI, como autor convicto del ilicito penal contra patrimonio; robo agravado art. 188  del código penal (tipo base); primer párrafo de las circunstancias agravantes especificadas en los incisos 2, 4, 8 del art. 189° de la citada norma penal siendo  agraviado Juver Uriel Campos Aliaga; IMPONIENDOSE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE NUEVE AÑOS DE EFECTIVA, la misma que computándo el plazo de detención que corre del TRECE DE MAYO DEL DOS MIL DOCE, conforme se advierte en la papeleta de detención a fojas nueve, vencerá el DOCE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTIUNO.  FIJARON la reparación civil en mil ns., que el sentenciado abonará al agraviado con sus bienes propios y libresen ejecución de sentencia.

1.1.3 Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia:

Por el agravio que alega el sentenciado Javier Martín Gago Mantari contra la sentencia prolada en autos, el superior en grado fallo no encontrar merito de nulidad contra la sentencia de fecha veinsiete de agosto del dos mil trece.

1.2.-        Criterios Para La Selección Del Caso

1.2.1.-        El presente estudio afinca su base legal en el inciso 20 del art. 139 de la CPP, que reconoce el derecho que goza toda persona, de poder analizar y criticar las  resoluciones y sentencias judiciales con las limitaciones que la ley establece.

1.2.2        Sugerir y recomendar, a quien corresponda, incoar la acción de reparación y subsanación en la instancia que recaiga para deducirse la correcta calificación jurídica de la sentencia en estudio por existir el precedente vinculante signada en la sentencia plenaria N° 1-2005/DJ-301-A, buscando, resarcir el error incurrido en procura de  custodiar  la correcta aplicación del principio de legalidad que establece el ordenamiento jurídico.

1.3 Justificación del caso:

La presente investigación se realiza a efectos de analizar la correcta aplicación del precedente vinculante resaltada en el título del presente trabajo,  que guarda relación a los actos de la consumación del delito de robo agravado.

Los presupuestos que establece el delito de robo agravado, entre ellos el apoderamiento y la sustracción, se entiende en quien  traslada el bien mueble de la esfera de dominio hacía otro lugar fuera del patrimonio del propietario permitiendo al agente tenerla a su entera disposición; entonces por imperio de la doctrina legal, que establece ciertas reglas para la consumación del ilícito penal (materia de análisis); el precedente vinculante acotado, expresa la disponibilidad potencial diferenciándolas entre momentáneas, fugaces o de corta duración sobre el bien sustraído. Si el agente hallo posible disponer el bien arrebatado a su propietario, empero en su huida se le detuvo recuperándose enteramente el botín, el ilícito fue consumado. Si durante la persecución abandona el bien sustraído y es recuperado, el delito quedará en grado de tentativa; la  siguiente regla regula si perseguidos los autores del ilícito penal, es detenido uno o más de ellos pero otro u otros logran fugar con los bienes sustraídos, el delito se consuma para todos.

  1.  Objetivos  Generales y  Específicos  Del Análisis Del caso

1.4.1     Objetivo General:

Determinar a través del estudio y análisis crítico, si en el caso materia de investigación, se calificó correctamente los alcances normativos vinculantes para sentenciar a un justiciable.

1.4.2      Objetivos  Específicos:

Detallar la vulneración de los derechos fundamentales y preceptos penales en el expediente judicial que se investiga.

        1.5 Descripción General del caso:

El caso que conlleva a la presente investigación, ocurre el 13 de Mayo del 2012, en la ciudad de Satipo; el agraviado Juver Uriel Campos Aliaga, salió de su cuarto que se ubica en el Jr. Antonio Raymondi intersección con la Av. Micaela Bastidas  del Distrito y Provincia de Satipo Departamento de Junín; a bordo de una motocicleta el agraviado enrumbo con destino a su chacra que se ubica en el Anexo Santa Rosita de Pampa Hermosa, al encontrarse transitando en el anexo de Bellavista pudo percatarse que una motocicleta lo venía persiguiendo, motivando que acelerara su marcha hasta el Anexo de San Pedro donde existe una tranquera de control a cargo de ronderos de Pampa Hermosa, por este evento estaciono su moto a un lado de la vía  para observar, quien lo venía siguiendo, permaneciendo tres minutos aproximadamente, observó pasar la  motocicleta que lo seguía y advirtió que era de  color rojo 125, transportando a dos sujetos. Logra reconocer al conductor porque  era un conocido que lo avistó reiteradas veces por el lugar, el conductor de esa motocicleta redujo la velocidad, como queriéndolo esperar; luego de unos minutos que pasaron estos sujetos, decidió continuar su marcha, siendo así distante a unos 800 metros posteriores al control observa nuevamente estacionado la misma motocicleta con los dos sujetos, es ahí donde el conductor (a quien conocía de vista), le solicito detuviese su vehículo comentándole que se le había acabado la gasolina proposición que acató, circunstancias estas y por detrás es cogoteado por el  segundo sujeto bajándolo de la motocicleta, el mismo que  intentaba ahorcarlo al mismo tiempo observó que tenía un revolver en la mano y el  sujeto a quien conoce de vista aprovecho para rebuscar los bolsillos y apropiándose de su billetera que contenía mil trescientos nuevos soles, despojándolo también de una mochila donde llevaba su uniforme de  SENATI, un mi celular, esta situación hizo que reaccionara suscitándose un forcejeo que por encontrarse en desventaja fue empujado a un barranco de donde logró salir rápidamente del lugar para intentar  recuperar su motocicleta, suplicándoles se levaran su dinero pero no su motocicleta; estos sujetos nuevamente lo empujan al barranco y empezaron a lanzarle piedras desde la carretera que le impactaron en diversas partes del cuerpo,  no tuvo más opción que esconderse para protegerse escuchando que arrancaron su moto y partieron en veloz fuga cada uno conduciendo una motocicleta, sin embargo sin amilanarse los persiguió hasta llegar hasta al control de  San Pedro, poniendo conocimiento del robo y solicitando apoyo para recuperar su motocicleta. Loa ronderos miembros del CAD, abordaron dos motocicletas y acompañados por ellos logran alcanzarlos a la altura del Anexo la Florida, pasando un rompe muelle, uno de los sujetos al darse cuenta que lo estábamos siguiendo, dejo tirado la motocicleta y emprendió veloz huida entre los matorrales, el segundo sujeto que tenía mi motocicleta fue aprehendido a unos veinte metros del lugar por los ronderos, quien dijo llamarse Javier Martin Gago Mantari, a quien lo conoce de vista.

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