NIC 41
Enviado por • 3 de Noviembre de 2014 • Informes • 427 Palabras (2 Páginas) • 244 Visitas
NIC 41 - Agricultura
que para su desarrollo requiere créditos
y subsidios, particularmente de bancos,
organizaciones gubernamentales y otras
instituciones crediticias es necesario que
presenten estados financieros sustentados
en sólidos principios de contabilidad de
aceptación general.
El problema que se presenta en esta
actividad para cubrir esa necesidades su
naturaleza porque crea incertidumbres
y conflictos cuando se aplica métodos
contables tradicionales, específicamente
porque la transformación biológica (crecimiento,
envejecimiento, producción y
procreación) que generan cambios en
los activos biológicos son difíciles de
reconocer basado en el costo histórico.
Por lo tanto, las valuaciones al costo
de los activos biológicos son, a veces,
menos confiables que las valuaciones a
su valor razonable (valor de mercado),
por la dificultad de asociación del costo
de los insumos con los productos dando
lugar a asignaciones de costo complejas
y arbitrarias. Tales asignaciones
se vuelven más arbitrarias aún si se
tiene en cuenta que se generan activos
biológicos adicionales (descendencia).
Adicionalmente, los ciclos de producción
son relativamente largos y continuos, que
significa que frecuentemente excedan a
su periodo contable. Por lo expuesto,
era necesario que se desarrolle una Norma
Internacional de Contabilidad sobre
Agricultura por lo que fue necesario que
el IASC considere en su agenda en 1994,
un proyecto de Norma contable sobre
esta actividad.
Como resultado de este trabajo el IASC ha
emitido la NIC 41 – Agricultura con vigencia
para los estados financieros anuales
que cubran los ejercicio que comiencen el
1 de Enero del año 2003 o después de esa
fecha. Su aplicación en fecha anterior es
recomendable y de hacerlo es necesario
revelarla. Para el Perú se ha oficializado
la presente norma con vigencia a partir de
1 de Enero del 2003.
OBJETIVO Y ALCANCE
La Norma N° 41 - Agricultura tiene como
objetivo el de establecer el tratamiento
contable, la presentación de información
financiera y las revelaciones concernientes
iendo la agricultura una actividad
importante en numerosos países y
a la actividad agrícola (agropecuaria).
Su alcance será sobre los siguientes
conceptos:
La presente norma no se aplica a los terrenos,
ni a los activos intangibles vinculados
a la actividad agropecuaria.
DEFINICIONES
Los términos que siguen se usan en la
presente norma, con los siguientes significados
específicos:
ACTIVIDAD AGROPECUARIA1 (Agricultura).-
viene a ser la administración que
una empresa hace de la transformación
biológica, con fines de venta, en productos
agropecuarios o en activos biológicos
adicionales (crías).
PROD UCTO AGRO PECUARIO 1.- es el producto
cosechado o de beneficio proveniente
de los activos biológicos de la empresa.
ACTI VO BIOL ÓGICO.- viene a ser un
animal vivo o una planta.
TRA NSFOR MACIÓN BIOLO GICA.- Está
conformado por las fases de crecimiento,
envejecimiento, producción y procreación
que originan cambios cualitativos o cuantitativos
en un activo biológico.
GRUPO DE ACTI VOS BIOL ÓGICOS: es la
agrupación de similares animales vivos o
similares plantas.
COSECHA O BENEFICIO.- viene a ser la
extracción de un producto de un activo
biológico o el término de los procesos
vitales de un activo biológico.
La presente norma se aplica a los productos
agrícolas, los cuales vienen a ser
los productos obtenidos de los activos
biológicos de la em
...