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NIC 41


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2014  •  Informes  •  427 Palabras (2 Páginas)  •  244 Visitas

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NIC 41 - Agricultura

que para su desarrollo requiere créditos

y subsidios, particularmente de bancos,

organizaciones gubernamentales y otras

instituciones crediticias es necesario que

presenten estados financieros sustentados

en sólidos principios de contabilidad de

aceptación general.

El problema que se presenta en esta

actividad para cubrir esa necesidades su

naturaleza porque crea incertidumbres

y conflictos cuando se aplica métodos

contables tradicionales, específicamente

porque la transformación biológica (crecimiento,

envejecimiento, producción y

procreación) que generan cambios en

los activos biológicos son difíciles de

reconocer basado en el costo histórico.

Por lo tanto, las valuaciones al costo

de los activos biológicos son, a veces,

menos confiables que las valuaciones a

su valor razonable (valor de mercado),

por la dificultad de asociación del costo

de los insumos con los productos dando

lugar a asignaciones de costo complejas

y arbitrarias. Tales asignaciones

se vuelven más arbitrarias aún si se

tiene en cuenta que se generan activos

biológicos adicionales (descendencia).

Adicionalmente, los ciclos de producción

son relativamente largos y continuos, que

significa que frecuentemente excedan a

su periodo contable. Por lo expuesto,

era necesario que se desarrolle una Norma

Internacional de Contabilidad sobre

Agricultura por lo que fue necesario que

el IASC considere en su agenda en 1994,

un proyecto de Norma contable sobre

esta actividad.

Como resultado de este trabajo el IASC ha

emitido la NIC 41 – Agricultura con vigencia

para los estados financieros anuales

que cubran los ejercicio que comiencen el

1 de Enero del año 2003 o después de esa

fecha. Su aplicación en fecha anterior es

recomendable y de hacerlo es necesario

revelarla. Para el Perú se ha oficializado

la presente norma con vigencia a partir de

1 de Enero del 2003.

OBJETIVO Y ALCANCE

La Norma N° 41 - Agricultura tiene como

objetivo el de establecer el tratamiento

contable, la presentación de información

financiera y las revelaciones concernientes

iendo la agricultura una actividad

importante en numerosos países y

a la actividad agrícola (agropecuaria).

Su alcance será sobre los siguientes

conceptos:

La presente norma no se aplica a los terrenos,

ni a los activos intangibles vinculados

a la actividad agropecuaria.

DEFINICIONES

Los términos que siguen se usan en la

presente norma, con los siguientes significados

específicos:

ACTIVIDAD AGROPECUARIA1 (Agricultura).-

viene a ser la administración que

una empresa hace de la transformación

biológica, con fines de venta, en productos

agropecuarios o en activos biológicos

adicionales (crías).

PROD UCTO AGRO PECUARIO 1.- es el producto

cosechado o de beneficio proveniente

de los activos biológicos de la empresa.

ACTI VO BIOL ÓGICO.- viene a ser un

animal vivo o una planta.

TRA NSFOR MACIÓN BIOLO GICA.- Está

conformado por las fases de crecimiento,

envejecimiento, producción y procreación

que originan cambios cualitativos o cuantitativos

en un activo biológico.

GRUPO DE ACTI VOS BIOL ÓGICOS: es la

agrupación de similares animales vivos o

similares plantas.

COSECHA O BENEFICIO.- viene a ser la

extracción de un producto de un activo

biológico o el término de los procesos

vitales de un activo biológico.

La presente norma se aplica a los productos

agrícolas, los cuales vienen a ser

los productos obtenidos de los activos

biológicos de la em

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